SOCIEDAD › LA FAMILIA DE JUAN CASTRO PIDE QUE INDAGUEN A SU PSIQUIATRA

Las zonas oscuras de un tratamiento

Los familiares del suicidado periodista imputan al profesional de “homicidio culposo” por haber impedido su internación, entre otras acusaciones. También piden la figura de “abandono de persona” para el director de la clínica Santa Rosa.

 Por Raúl Kollmann

La familia del fallecido conductor de televisión Juan Castro imputó ayer por homicidio culposo a quien fuera psiquiatra del conductor, Rubén Lescano, y por abandono de persona al director de la clínica psiquiátrica Santa Rosa, en la que Castro estaba internado hasta días antes de su muerte. Respecto de Lescano, la familia le imputa haberse ido de vacaciones en momentos en que ya se percibía que Castro tenía un cuadro muy crítico, incluso con alucinaciones, y sólo dejó a cargo a una acompañante terapéutica que pocas veces estaba con el conductor. Además, se imputa al psiquiatra haber impedido, de hecho, la internación de Castro cuando era imprescindible, aplicaba métodos no previstos por la medicina y mantuvo relaciones sentimentales con su paciente. A la clínica Santa Rosa, la familia la acusa de haber permitido la salida de Castro sin precaución alguna y no haberle dado participación a la Justicia en el caso, como lo señala la ley y como lo hizo, por ejemplo, la clínica que recibió hace pocos meses a Diego Armando Maradona.
Los representantes legales de la familia de Castro, Pablo Jacoby y Pablo Slonimsqui, se presentaron ayer ante la fiscal Estela Andrade de Segura, que entiende en la causa, y pidieron la indagatoria del psiquiatra Lescano y el director de la clínica Santa Rosa por dos delitos graves, homicidio culposo y abandono de persona, que tiene penas altas –de seis meses a cinco años de prisión para el homicidio culposo y de dos a seis años para el abandono de persona–, pero que son excarcelables. Esto significa que no habrá detenciones por ahora, pero que al final de todo el proceso, la muerte de Juan Castro puede terminar con los imputados tras las rejas. La fiscal debe resolver ahora si acompaña el pedido de la familia y se suma a él, trasladándoselo a la jueza, o si previamente propone alguna otra medida.
En el largo escrito de los abogados, se señala que los tratamientos por adicción a la cocaína y por afecciones al corazón llevaban ya bastante más de un año. En aquel momento, sucesivamente tres profesionales estuvieron viendo a Castro, le indicaban un tratamiento ambulatorio –podía llevar una vida casi habitual, pero requería de control, medicación y atención psiquiátrica–, aunque al mismo tiempo ya le señalaban que su situación era de gravedad. En mayo de 2003, Castro fue internado tras un cuadro de alucinaciones –similar al que luego produjo el accidente que lo llevó a la muerte– en el Sanatorio Otamendi porque él decía que tenía “piojos en la cabeza” y “bichos en el cuerpo”. En ese momento, un médico del Otamendi resolvió su internación psiquiátrica, pero esta decisión se fue postergando pese a que el profesional sostuvo que “Castro estaba en una situación de peligro para sí y para otros”. Finalmente, aparece en escena el psiquiatra Lescano, sugerido por el infectólogo de la pareja de Castro, Luis Pavesio. El psiquiatra sugiere una internación de 48 horas, para que luego pueda seguir el tratamiento sin estar recluido, es decir de forma ambulatoria. Lescano opinó que para Castro era bueno seguir trabajando como conductor, mientras que otros profesionales consideraron que “no estaba en condiciones de seguir trabajando”.
A partir de ese momento –julio de 2003–, Lescano toma el control del tratamiento, manteniendo una relación ríspida con parte de la familia y con Pavesio. En las declaraciones testimoniales se habla, por ejemplo, de que Lescano trataba de alejar a Castro de sus amigos, que desaconsejaba cualquier visita a otro médico, que desoyó la recomendación de la cardióloga Estrim que consideraba que el conductor debía ser internado, que le permitía tomar alcohol –algo desaconsejado para el cuadro de Castro–, incluso apareciendo en distintas revistas el psiquiatra y su paciente con copas en las manos, que existen evidencias –varios correos electrónicos– de que mantenía un romance y relaciones sexuales con Castro, que éste le hacía distintos regalos, pese a lo cual, finalmente, en febrero de 2004 se fue de vacaciones a Cariló, dejando a cargo a la acompañante terapéutica Carolina Coppoli, quien estaba esporádicamente con él y por el contrario Castro hasta la acompañaba a ella a clases de teatro.
La crisis final empieza –según el escrito de los abogados– el 21 de febrero de 2004, estando Lescano en Cariló. El conductor, seriamente afectado por el consumo de cocaína, se siente mal, llora y el cuadro se torna dramático. Es internado en la Clínica de Piscopatología Santa Rosa por dos días y de allí sale, sin control, a realizarse estudios cardiológicos al Sanatorio Otamendi. Castro toma conciencia de que su situación es seria y se retira del sanatorio con el compromiso de internarse el lunes 1º de marzo. Ese día concurre a una reunión en la que deciden los trámites para la internación, pero termina volviéndose a su casa. En la mañana siguiente, Castro prácticamente se olvida de que va a ser internado y empieza a coordinar un viaje para hacer una nota periodística en Colombia. El martes, es decir 24 horas después, ocurre el desenlace: el conductor, después de haber vuelto a consumir cocaína, tiene una nueva alucinación, se siente perseguido por bichos y ello lo lleva al balcón de su departamento y a saltar aterrorizado. El golpe produce su muerte tres días después.
El cuadro que se pinta en el escrito de los doctores Jacoby y Slonimsqui es que Castro nunca debió salir de la clínica Santa Rosa. Por un lado, entonces, acusan a esa institución por abandono de persona, que consiste en poner en peligro la vida o la salud de una persona, colocándolo en situación de desamparo, abandonando a su suerte a quien no está en condiciones de valerse por sí mismo o cuidarse. El día que Castro se va de Santa Rosa, el director de la clínica lo llama a Lescano, pero éste manifiesta que ya no es más su terapeuta, pese a lo cual se lo deja irse.
Respecto de Lescano, no sólo se le cuestiona la ética de la relación sentimental y sexual con el paciente, sino sobre todo que no preservó la vida de Castro, incurriendo en una conducta negligente que terminó –según la familia– en su muerte. “El psiquiatra debe actuar cuando la situación de peligro real se puede concretar. Lescano lo omitió en el momento clave, descuidó sus obligaciones y obstaculizó la toma de medidas idóneas y esperables de un profesional experto.” La acusación contra el psiquiatra es de homicidio culposo, que se refiere a quien, por imprudencia, negligencia o impericia, causa la muerte de una persona.

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Los profesionales que atendieron a Juan Castro están acusados por delitos que son excarcelables.
 
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