SOCIEDAD › GOLPEARON A UN HOMBRE QUE NO QUISO SER TESTIGO

Policías sin sobreseimiento

La Cámara del Crimen revocó el sobreseimiento dictado a dos uniformados acusados de haber sometido a “apremios ilegales y vejaciones” a un hombre de 67 años que se negó a salir de testigo durante un procedimiento policial en el que se intentaba detener a una mujer a la que acusaban de ejercer la prostitución.

Los jueces Juan Cicciaro y Abel Bonorino Peró, de la Sala VII, dejaron sin efecto el sobreseimiento dictado a fines del año pasado por el juez Facundo Cubas a los cabos de la Federal Patricio Osvaldo Gómez y Eduardo Marcelo Miranda, de la comisaría 50. El sobreseimiento había sido apelado por los familiares de Arturo Arratibel, el hombre que se había negado a ser testigo.

Los hechos ocurrieron el 27 de agosto de 2002, cuando Arratibel recibió golpes de los dos policías en la calle Artigas al 700, según se desprende del relato de testigos del caso. Los cabos le habían pedido que les entregara su documento y datos personales “para ser testigo de una detención”. Arratibel respondió que no llevaba encima sus documentos, mientras que “una prostituta que había sido detenida intentó escaparse generándose un tumulto”. Solucionado el inconveniente, el policía reconocido luego como Gómez volvió sobre Arratibel y, descontrolado, le aplicó un golpe que lo dejó tendido en la vereda, lo esposó y lo pateó en todo el cuerpo. Arratibel sufrió un preinfarto y fue atendido por el SAME. Se recuperó parcialmente en un hospital, pero meses después, al reconocer a los policías en una ronda de reconocimiento, sufrió un nuevo infarto y murió.

En julio de 2005, el juez de primera instancia a cargo del caso, Facundo Cubas, decidió procesar a Patricio Gómez y Eduardo Miranda, pero la decisión fue revocada por la Sala VII de la Cámara del Crimen por una cuestión formal. El expediente regresó entonces al juzgado de primera instancia para que solucionara la formalidad y continuara el proceso. Pero al llegar el expediente al juzgado de Cubas, éste decidió modificar su criterio anterior y ordenó liberar a los dos policías.

Los familiares de Arratibel, asesorados por el abogado Gustavo Romano Duffau, apelaron la decisión de Cubas. “No se ha reunido la certeza negativa que exige un pronunciamiento que cierra el proceso definitiva e irrevocablemente con relación a los imputados –sostuvieron los camaristas Cicciaro y Bonorino Peró–. Sin apartarse del discernimiento trazado oportunamente por la sala, se estima que la valoración formulada por el señor juez de grado (Cubas) en lo atinente a las imprecisiones que exhibía la encuesta, no consulta la certidumbre que exige una decisión de la naturaleza como la adoptada.” En pocas palabras, una cosa es corregir una formalidad y otra, que no es formal, es liberar a los dos acusados que ya habían sido detenidos.

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