SOCIEDAD › POR EL CASO DEL TIRADOR DE BELGRANO

Imputados en el Renar

Un juez procesó a dos ex funcionarios del Renar y a un médico por permitirle a Ríos tener armas.

 Por Carlos Rodríguez

Martín Ríos, el tirador serial que asesinó a balazos a Alfredo Marcenac en el barrio porteño de Belgrano, dejó de ser el único imputado por los hechos ocurridos el 6 de junio de 2006. La Justicia procesó, aunque siguen en libertad, a dos ex funcionarios del Registro Nacional de Armas (Renar) y a un médico traumatólogo. Los tres tuvieron responsabilidad en una serie de acciones escalonadas que hicieron posible que Ríos obtuviera el certificado que le permitía ser usuario legal del arma de fuego con la que mató a Marcenac e hirió a otras personas. Al dictar el procesamiento de los funcionarios y del profesional, el juez federal Sergio Torres recordó que a Ríos lo declararon apto psíquica y físicamente y lo habilitaron para el uso de armas, sin tomar en cuenta que estaba probado que “presentaba alteraciones psicológicas desde entrada su adolescencia” y un “bagaje de trastornos mentales” que incluyeron una internación psiquiátrica y un tratamiento por su adicción a las drogas.

El procesamiento dictado por el juez Torres involucra al ex jefe de la División Usuarios Individuales del Renar, José Luis González, y al empleado del mismo sector Fabián Alejandro Pereyra. Los dos quedaron imputados por el presunto delito de “incumplimiento de deberes de funcionario público”, cometido por ambos en el año 2005, cuando Ríos hizo el trámite para ser tenedor legal de armas de fuego. Igual medida fue tomada en contra del traumatólogo Mark Theis Garrett porque en el mismo año firmó un certificado donde declaraba que Ríos estaba apto física y psíquicamente para ser usuario de armas. En el caso de Garrett, su decisión es doblemente sancionable porque la psicología no era su especialidad.

Sobre los funcionarios del Renar se trabó un embargado por cinco mil pesos y podrían recibir una pena de un mes a dos años de prisión, más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. A los dos se les atribuye “haber intervenido en el trámite mediante el cual se le otorgó al ciudadano Martín Ríos la calidad de legítimo usuario de armas de fuego sin haber observado las leyes y decretos cuyo cumplimiento les incumbía en razón de sus respectivas funciones”. En el fallo, al que tuvo acceso Página/12, se dejó constancia de que los dos “dieron curso al trámite” de Ríos pese a que entre los papeles presentados había un informe donde un médico clínico “recomendaba un test psicológico” que nunca se realizó.

En 2005, cuanto tuvo que ir a renovar el certificado del Renar, Ríos contó con la ayuda inestimable del traumatólogo Mark Theis Garrett, quien el 12 de mayo de ese año aseguró, por escrito, que el nombrado “se encontraba apto tanto en el aspecto físico como psíquico dando con ello la certeza de la inexistencia de alguna enfermedad o lesión”. Esto fue lo que hizo posible que Ríos tuviera acceso al arma de fuego con la que consumó los ataques en el barrio de Belgrano. En uno de ellos asesinó al joven Marcenac, quien estaba caminando por la avenida Cabildo al 1700 cuando Ríos comenzó a disparar sin ton ni son. Tras del crimen, a Ríos se le diagnosticó un “trastorno esquizoide de la personalidad”.

El juez Torres sostuvo en su fallo que el médico traumatólogo “no sólo conocía las evidentes alteraciones mentales que presentaba Martín Ríos y las calló, sino que también afirmó lo contrario, es decir que el nombrado era apto psíquicamente”. Para ser legítimo usuario de armas de fuego es requisito ineludible la presentación de un certificado médico que acredite expresamente la aptitud tanto física como psíquica del peticionante.

En la causa penal declaró el médico Guillermo Mendoza, quien en el 2000 había firmado el apto físico de Ríos, pero había recomendado por escrito un test psicológico. Mendoza precisó que en la entrevista con Ríos “advirtió claramente que no era psicológicamente apto para el uso de ningún tipo de arma, lo que apuntó específicamente como aviso al Renar”. En este punto, el juez Torres puntualizó que “de haberse realizado (el test) hubiera impedido el otorgamiento del permiso concedido”. Mendoza aseguró que Ríos “no recordaba el número de su casa ni de su teléfono, pero dejaba denotar que en realidad los estaba ocultando”.

Ríos, además del asesinato de Marcenac, está detenido por otros tres ataques cometidos a balazos. El primero fue contra una confitería de Cramer y Juramento y en el hecho hirió a una chica. Luego hizo disparos contra un colectivo de la línea 67 y contra una formación ferroviaria. El episodio más grave fue el del 6 de julio del año pasado, cuando Ríos descargó 13 tiros contra personas que caminaban por la avenida Cabildo al 1700. Ríos está procesado por “homicidio agravado por placer”, una figura prevista en el Código Penal que es aplicada por primera vez.

Ríos sigue internado en el Hospital Borda sin que se haya determinado si tuvo comprensión o no de la gravedad de los hechos cometidos.

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