SOCIEDAD

La Iglesia sólo amonesta

Por M. C.

En la “amonestación canónica” que le aplicó el obispo de Quilmes al padre Rubén Pardo luego de recibir la denuncia del abuso sexual contra un menor, nunca se habla de que se trata de un delito. Lo que monseñor Stöckler sanciona es la violación del sexto mandamiento: “No fornicarás ni cometerás actos impuros”. En el texto de la sanción no hay dudas de que el obispo reconoce la existencia del hecho. “Dichos acontecimientos –escribe– hieren gravemente la salud espiritual de la víctima ofendida por tu proceder, la santidad del Pueblo de Dios en general y a ti mismo, llamado a ser padre y pastor de ese Pueblo.” Stöckler considera que Pardo cometió una “infracción”. En ningún momento le prohíbe el contacto con menores ni lo obliga a realizar un tratamiento para abordar su patología.
Como parte de la sanción, el obispo le dice: “Te exhorto a que:
1. Enmiendes tu actitud y opciones de vida, manteniéndote fiel a las promesas sacerdotales.
2. Mudes a la brevedad tus efectos personales de la jurisdicción parroquial que hoy habitas y te retires de la diócesis mientras se dan los pasos previstos por la legislación canónica. Considero que la permanencia en la Casa de Ejercicios de los Padres Cooperadores de Cristo Rey o en otro lugar que no sea la diócesis de Quilmes, favorecerá el clima de recogimiento y serenidad que exige la circunstancia que vives y facilitará el esclarecimiento de los hechos que han tenido lugar la semana pasada. A tal fin, dejarás en esa sede, teléfono y dirección donde puedas ser ubicado.
3. Durante un mes a partir de ahora, te abstendrás de celebrar la Eucaristía con concurso de fieles o a presidirla en caso de concelebraciones comunitarias. Para la serenidad de tu espíritu, tampoco deberás confesar a penitente alguno por el mismo lapso de tiempo.
4. Tomes los recaudos para que las autoridades del Hospital Iriarte de Quilmes (donde el cura era capellán) recurran a los párrocos cercanos para la atención de los enfermos que soliciten la presencia del sacerdote.
5. Evites declaraciones públicas o privadas que confundan al Pueblo de Dios en general y a las personas afectadas por estos desgraciados acontecimientos en particular.”
La amonestación fue firmada por el padre Pardo el 20 de agosto de 2002, cinco días después del episodio con el menor.

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