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Viernes, 10 de diciembre de 2010

JUSTICIA

Violación de Estado

Nuevos testimonios en Rosario desenmascaran los nombres propios de los violadores y los mecanismos de abuso sistemático de mujeres cautivas durante la dictadura. Una violencia que es delito de lesa humanidad.

 Por Sonia Tessa

Las denuncias se hicieron oír con fuerza en las últimas audiencias de la causa Díaz Bessone, en el Tribunal Federal Oral número 2 de Rosario. Dos testigos y víctimas, Stella Hernández y Elida Deheza, lo contaron en nombre propio. “A mí me violó Mario Alfredo ‘El Cura’ Marcote”, dijo Hernández, actual dirigente del Sindicato de Prensa de Rosario, que fue secuestrada en enero de 1977. Contó que ese represor, uno de los seis acusados de delitos de lesa humanidad, era “el violador serial” del Servicio de Informaciones (SI), el centro clandestino de detención que funcionaba en el centro de Rosario, por donde se calcula que pasaron más de 2000 personas. La causa tiene 93 víctimas, y 160 testigos. Deheza acusó a otro represor, apodado Kuryaki, que no forma parte de este juicio.

Hubo otras sobrevivientes que no hablaron de esa tortura específica, aunque sí la sufrieron. Y hubo otras tantas que relataron cómo sus compañeras la habían padecido. Por eso, Hernández expresó, al final de su declaración, que decía lo suyo por las compañeras que no están, y por las que –aun estando– no pueden hablar. “Quiero que se condenen las violaciones como delitos de lesa humanidad”, le pidió la testigo al tribunal integrado por una mujer, Beatriz Barabani, y dos hombres, Otmar Paulucci y Jorge Venegas Echagüe. El lunes pasado hubo un signo positivo: Paulucci le preguntó a otra sobreviviente si había escuchado hablar de violaciones. “Sí, Juani Bettanín y Stella Hernández estaban muy mal porque las habían violado”, fue la respuesta que recibió. Juani Bettanín era la mamá de Leonardo Bettanín, que fue diputado nacional de la Tendencia, y cayó asesinado el 2 de enero de 1977 en su casa del barrio Gráfico, en Rosario. Su madre, Juani, y la esposa de Leonardo, María Inés Luchetti, fueron secuestradas y torturadas. Además, a Juani –que tenía 54 años– la violaron.

Así lo expresó Elida Deheza, de una manera diáfana que ni siquiera empañaron las lágrimas incontenibles. “Yo le pedía por favor que no, pero él me decía: ‘abrí las piernas, hija de puta’. Y fue más terrible que la picana, porque uno se desmorona. Porque no alcanza con las torturas, eso fue como si el mundo se derrumbara ahí. Y pensaba: ‘Mirá si me quedo embarazada de este monstruo’. Yo me pregunté mucho tiempo si tal vez hubiera gritado más, lo pude haber evitado”, dijo. Tenía 19 años cuando fue detenida, el 4 de enero de 1977. La culpa, la duda sobre sí misma, forman parte de los efectos de la violencia sexual en las mujeres, de la condena social que las lleva, muchas veces, a quedarse calladas.

Stella relató que debido a la violación se le retiró la menstruación durante todos los meses que estuvo detenida, con el consiguiente terror a un embarazo. Pudo reconocer a su agresor porque, aunque estaba vendada, denunció lo ocurrido ante el jefe del lugar, Raúl Guzmán Alfaro, quien le hizo sacar la venda, llevó delante de él a algunos otros represores, les preguntó quién había sido y prometió sancionar al responsable, aunque, claro, nunca lo hizo. “Fue una parodia”, consideró Hernández.

Otra ex detenida, Ana Ferrari, contó que estuvo a punto de sufrir una violación, pero la frenó el interventor de la policía rosarina, Agustín Feced, represor emblemático que murió oficialmente en 1988. El Comandante, como le decían, lo impidió al grito de “La Ferrari es mía”. “No me violaron, ¿se lo agradezco?”, preguntó con cierta ironía la testigo, en su declaración del 23 de noviembre pasado. Este episodio también demuestra que la violencia sexual no estaba prohibida, sino que formaba parte de la rutina. Feced, máxima autoridad policial de Rosario, no prohibió todas las violaciones, sino sólo ésa.

Además de las denuncias en primera persona, y del valor que eso requiere a las denunciantes, los testimonios sobre la sistematicidad de la violencia sexual fueron contundentes también en tercera persona. Así lo afirmó María Inés Luchetti de Bettanín, que lo denunció en su momento –en pleno 1977– ante el entonces capellán policial, Eugenio Zitelli, actual obispo de la ciudad de Casilda. “Un día le pedí secreto de confesión y le conté que habían venido varias chicas torturadas y violadas. El sacerdote me dijo que la picana eléctrica era un método aceptable para obtener información en una guerra, pero lo otro no, que les habían prometido que no pasaría, porque tenía que ver con la moral”, relató la sobreviviente.

Una afirmación que repiten los testigos varones es que los represores se ensañaban con las mujeres. Incluso, el torturador más identificado en este juicio, José Rubén “El Ciego” Lofiego, le llegó a decir a su superior que “las mujeres tienen un escalón más de tolerancia a la tortura”, frente a una de las mujeres atormentadas. Aunque todas las víctimas del terrorismo de Estado sufrieron atrocidades, el componente de género estuvo presente. El doble reproche a las militantes consistía no sólo en haber optado por una práctica de transformación política y social, sino también por haber “traicionado” los mandatos históricos hacia las mujeres.

Sin embargo, otro de los testigos de esta semana, Daniel Gollán, refirió que había sido empalado, mientras los torturadores hacían alusiones a su sexualidad. De manera que no sólo las mujeres fueron víctimas de este delito específico.

En esta instancia del juicio, la violencia sexual no es perseguida penalmente. A partir de las denuncias, el fiscal de la causa, Gonzalo Stara, realizará una presentación para que se instruya una nueva causa. “La legislación internacional y la jurisprudencia consolidaron una base jurídica en la que subyace una interpretación de tales hechos en el contexto en que se han perpetrado, considerándolos como crímenes contra la humanidad”, expresó Stara.

Un amicus curiae elaborado por el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar) y Cladem para la causa Riveros que se tramita en los tribunales de San Martín, establece con toda contundencia por qué los delitos sexuales en el marco del terrorismo de Estado deben ser considerados de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles. Porque no sólo fueron sistemáticos, sino que se produjeron en el contexto de un ataque sistemático contra población civil indefensa, como establece el Estatuto de Roma. Este documento fue difundido por Las 12 en marzo de este año.

En este caso, con Marcote, hay un responsable directo, denunciado por –hasta ahora– una sobreviviente. La jurisprudencia del Tribunal Federal Oral de Mar del Plata contra Gregorio Molina, condenado por violación en junio, permite alentar la esperanza de una sanción concreta.

La abogada del equipo jurídico de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas, Gabriela Durruty, subrayó que “las leyes de impunidad no incluían la violación; entonces, nosotros le vamos a pedir al tribunal que considere que son delitos de lesa humanidad por el contexto en el que ocurrieron y por lo tanto no están prescriptos, por lo cual le tienen que pedir al juez de instrucción que indague y que instruya la persecución”. Es decir que, si los magistrados y los operadores judiciales saben escuchar, se abre un camino de justicia para una violencia que estuvo silenciada por muchos años.

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STELLA HERNANDEZ Y ELIDA DEHEZA DESPUES DE DECLARAR EN EL JUICIO DE LESA HUMANIDAD.
Imagen: Alberto Gentilcore
 
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