Viernes, 4 de enero de 2013 | Hoy
EL MEGAFONO
Por Leandro Ferron *
La Guía Técnica Nacional para la Atención de Abortos No Punibles es una herramienta, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación, para que médicos, instituciones y servicios de salud sepan cómo actuar frente a la atención de mujeres que se encuentren comprendidas dentro del artículo 86 del Código Penal.
Sin embargo, en algunos casos –y sólo algunos– todo lo dicho parece no haber sido escuchado. Creo necesario poner en evidencia cuáles son las consecuencias de que ni el Poder Ejecutivo ni el Poder Judicial hayan manifestado su voluntad de adherir a esta guía nacional. Hay que decir que sin guía las mujeres serán atendidas o no, dependiendo del hospital al que recurran. Esto atraviesa los cuerpos de las mujeres de maneras concretas:
-Puede que, como en el caso de la joven conocida como L. M. R, la mujer sea derivada de un hospital a otro, sin encontrar ninguno que dé respuesta a su situación apremiante.
-O puede que todos los profesionales de un centro médico se nieguen a tratar la salud de la mujer para no afectar el embarazo.
-O en el caso de embarazo por violación puede que se solicite una denuncia policial o que recomienden entrevistas con especialistas coercitivos revictimizándola una y otra vez.
-O puede ser que el caso tome estado público, vulnerando su intimidad.
-O puede que el hospital abra sus puertas para que grupos con fotos de fetos la obliguen a creer que accediendo a su derecho sería una asesina.
-O puede que los medios –y la Justicia– se muestren más interesados por la decisión de abortar que por seguir el proceso de captura del violador.
–O puede encontrarse en alguno de estos hospitales con un médico que se niegue a practicar la intervención, pero que por lo bajo le dé la tarjeta de su consultorio privado, habituado a lucrar con el desamparo de las mujeres.
Sin esta herramienta, el mensaje que estarían recibiendo los médicos es que ni el Poder Ejecutivo, ni el Poder Judicial habrían avalado el uso de un protocolo que garantice la atención de estas mujeres.
¿Con qué seguridad se espera que un médico prescriba un aborto terapéutico? ¿Con qué seguridad atenderán a una mujer embarazada por violación? ¿Cómo compensarán el vacío crónico en su formación, donde no se los instruye acerca de cuáles son los casos en los que el aborto está permitido por ley?
Todo lo que puede pasar no sólo impide el derecho al acceso a la salud y, por consiguiente, a los derechos humanos de las mujeres, sino que además es ilegal.
En los últimos días del año Mendoza tuvo una oportunidad excepcional. Gracias al proyecto que propuso que la provincia adhiera a la Guía Técnica Nacional para la Atención de Abortos No Punibles existió la posibilidad de que los senadores locales alcen su voz a favor de la aprobación de esta guía, y con ella, a favor del cumplimiento de la ley, a favor de la garantía de los derechos y a favor de las voces de las mujeres que representan. Pero no alzaron sus manos.
* Doctor en Medio Ambiente. Militante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y de los Varones Antipatriarcales de Mendoza.
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