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Miércoles, 14 de mayo de 2008

SANTA FE › ACUERDO CON MAGISTRADOS QUE INICIARON ACCIONES DE AMPARO

Por una "sana administración"

Los ocho amparos de los jueces fueron abiertos en defensa de la "intangibilidad" de su salario, y consideraron que su "retribución no puede ser suspendida ni disminuida". El gobierno de Binner destinará más de 8 millones 500 mil pesos.

 Por Juan Carlos Tizziani

El gobierno de Hermes Binner destinará más de 8 millones 500 mil pesos de las arcas públicas a pagar juicios perdidos ﷓algunos, con sentencia y liquidaciones firmes y otros, con embargos y ejecuciones en marcha﷓ a un centenar de jueces amparistas de Santa Fe que se rebelaron contra la ley 11.696 de emergencia económica y previsional, sancionada en setiembre de 1999, al final del primer mandato Jorge Obeid, pero con letra y música de quien lo sucedió en la Casa Gris dos meses después, Carlos Reutemann. Los dos días de ausencia de Binner en Santiago de Chile fueron suficientes: el lunes, la vicegobernadora Griselda Tessio, a cargo del Poder Ejecutivo, firmó el decreto 1246 que facultó al fiscal de Estado, Jorge Barraguirre, "a iniciar tratativas de conciliación y arribar a acuerdos conciliatorios con los magistrados del Poder Judicial, cuyas acciones de amparo se encuentran en trámite", dice la norma. En otras palabras: lo autorizó a saldar las demandas de los jueces a un costo millonario para los contribuyentes santafesinos, ante la necesidad de preservar "los principios de la sana administración y la paz social" (sic). El decreto habilita a conciliar ocho amparos colectivos, pero Barraguirre pretende seguir el litigio en uno de ellos: la causa "Suárez, Eloy Emiliano y otros c/provincia de Santa Fe' que se inició en 2006 y volverá a poner en foco a uno de los amparistas del ómnibus: el procurador de la Corte Suprema, Agustín Bassó. El reclamo en este caso rondaría el millón 400 mil pesos.

El decreto 1246 justifica semejante destino de los dineros públicos con sólo dos argumentos: "La Fiscalía de Estado ﷓dice en los considerados﷓ analizó exhaustivamente la cuestión planteada", enumeró "las constancias, vicisitudes y alternativas de los expedientes que instrumentan las acciones de amparos" y recomendó que "se la autorice a arribar a acuerdos conciliatorios" con los jueces.

"Los casos ﷓agrega﷓ presentan singularidades de alta relevancia e impacto institucional" (sic). Y según el dictamen del fiscal de Estado "se podrían conciliar sin reconocer el derecho que eventualmente asista a los demandantes, sino basándose en principios de sana administración y paz social (sic), máxime teniendo en cuenta que continuar litigando podría traer aparejado un resultado final adverso en los pleitos, circunstancia imposible de ignorar, como así también acarrear perjuicios durante la tramitación al erario público ﷓que es nuestro deber custodiar celosamente﷓, en razón de medidas cautelares dictadas y en trance de ejecución", apunta la norma. Lo que significa que el gobierno de Binner paga los juicios o llueven los embargos.

El decreto de Tessio enumera las ocho causas contra la provincia que se tramitan en tres juzgados en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe (1ª, 7ª y 10ª nominación), a cargo de conjueces. Es decir, abogados de la matrícula que litigan en los Tribunales santafesinos y deben resolver demandas de magistrados con los que se cruzan a diario. ¿Son independientes estos abogados? ¿O hay un conflicto objetivo de intereses? Alguna vez, la Legislatura deberá responder estas preguntas y debatir una legislación sobre conjueces que entiendan en los pleitos de los magistrados contra la provincia, que bien pueden ser jueces jubilados o abogados de otras jurisdicciones.

Pero más allá de ese debate, los ocho amparos de los jueces fueron abiertos en defensa de la "intangibilidad" de su salario, por el que ﷓ya se sabe﷓ ni siquiera pagan el impuesto a las ganancias. Consideran que su "retribución no puede ser suspendida ni disminuida" y hasta voltearon por "inconstitucional" el artículo 88 tercer párrafo de la Constitución de Santa Fe, que habilitaba algunas excepciones.

En cinco amparos ( "Doldan, Alicia Noemí y otros", "Rosso, Juan Rodolfo y otros", Podestá de Bellotti y otros", Perotti de Secchi, María y otros" y "Marini, Angel y otros") los jueces se quejaron por los "descuentos solidarios de la emergencia previsional dispuestos por la ley 11.696, que ﷓según ellos﷓ afectaban la garantía de intangibilidad". Esos "descuentos solidarios" fueron soportados durante años por miles de agentes públicos y docentes de la provincia.

Y en las otras tres causas ("Carreras, Roberto y otros", "Amadío, Daniel y otros" y "Suárez, Eloy Emiliano y otros") también promovieron amparos contra la ley 11.196 porque afectaba la "garantía de intangibilidad y las sentencias vigentes (en 1999) que ordenaban la equiparación lineal (de los sueldos de los magistrados santafesinos con los de) los jueces federales", dice el dictamen del fiscal de Estado al que tuvo acceso Rosario12.

En la causa "Rosso" la pretensión de los jueces ronda los 2 millones 800 mil pesos, en las causas "Podestá" y "Perotti" unos 800 mil pesos en cada una, en "Carreras" 3 millones de pesos y en "Suárez" un millón 400 mil pesos. Lo curioso es que la demanda de "Amadío" es por 54 mil pesos, así que debe ser individual, a pesar de que en el rótulo del expediente el camarista aparezca acompañado por "otros". .

Según Barraguirre, "la posición de la provincia en estos amparos se encuentra debilitada". Pero advirtió sobre una excepción: la causa Suárez, en la que litiga el procurador Bassó. "En este caso, la provincia adujo la prescripción de la acción y en particular la inadmisibilidad del amparo" por que los amparistas consintieron durante más de doce años una supuesta deuda por diferencias salariales de siete meses, entre el 1º de octubre de 1993 y el 1º de junio de 1994. "Trece años después, la cuestión dejó de ser política para transformarse en un simple reclamo económico", disparó el fiscal. Por lo tanto, recomendó seguir litigando contra Bassó y compañía.

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La vicegobernadora Griselda Tessio firmó el decreto 1246.
 
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