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Miércoles, 10 de octubre de 2012

CIUDAD › CONDENARON AL SINDICATO DEL VESTIDO

Por mala praxis sindical

La Justicia laboral condenó al Sindicato Obrero de la Industria del Vestido (filial Foniva) a resarcir a la empleada de una empresa por mantener una "conducta omisiva", ya que la afiliada se postuló para las elecciones a delegados y accedió a la conducción de la entidad, pero cinco meses después fue despedida de la empresa en la que trabajaba. La firma nunca había sido notificada de esa situación y se considera que existió "mala praxis sindical". Se trata de un fallo sin antecedentes en la justicia local. María Estela P. inició la demanda contra la empresa, pero a desde la firma contestaron que no están al tanto del resultado de las elecciones, que el gremio informó seis meses después. La justicia consideró culpable al sindicato por "no notificar en tiempo a la empleadora de la postulación y posterior elección de la trabajadora para el cargo gremial".

El gremio incurrió en omisión en dos oportunidades: no comunicó al empleador de la trabajadora el carácter de postulante en el proceso eleccionario; ni que ésta se había convertido en integrante de la comisión directiva desde 2008 a 2012.

En primera instancia la justicia le dio la razón a la mujer, y ahora la sala Tercera de la Cámara Laboral de Apelaciones confirmó el fallo.

La sentencia sostiene que el sindicato deberá pagarle a la mujer los salarios correspondientes a los seis meses previos al inicio del mandato, cuatro años que le correspondían por su condición de gremialista, y el año de estabilidad laboral posterior a la culminación del cargo. En total, deben resarcirla económicamente con 66 sueldos.

Para los camaristas, resulta "evidente el perjuicio de la trabajadora al "perder" la tutela o protección especial pertinente al ejercicio de su cargo gremial que conlleva el derecho a exigir mediante sanciones compulsorias su reinstalación para el caso del despido".

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