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Jueves, 18 de julio de 2013

CIUDAD › LA CáMARA DE CASACIóN REVOCó LA DOMICILIARIA DE UN REPRESOR DE LA PATOTA DE GUERRIERI

Ariel Antonio López vuelve a la cárcel

El Tribunal de Alzada consideró que el TOF 1 no efectuó "estudio alguno" sobre los riesgos de permitir que el acusado por 17 privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos, y 14 homicidios, esté en su casa a la espera del juicio.

 Por Sonia Tessa

La sala III de la Cámara de Casación Penal revocó la prisión domiciliaria al represor Ariel Antonio López, al considerar el Tribunal Federal Oral número 1 no "efectuó estudio alguno acerca del aumento de los riesgos procesales --especialmente el de fuga-- que comporta, objetivamente, el arresto domiciliario del imputado". López será sometido a juicio oral a partir del 9 de agosto próximo, en el marco de la causa "Porra" --conocida también como la segunda parte de Guerrieri--, junto a once acusados más, por los delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos cometidos contra 17 víctimas, el delito de homicidio contra 14 personas y por asociación ilícita. Ahora, López deberá ser trasladado a un instituto del Servicio Penitenciario Federal para cumplir con la prisión preventiva.

El beneficio de la detención domiciliaria fue otorgada a López por el Tribunal Oral Federal número 1, que integran Roberto Manuel López Arango y Lilia Carnero, dos magistrados de Paraná, y también la jueza jubilada Esther Hernández, quien en su momento votó en contra de otorgarle el beneficio, al considerar que viola el principio de igualdad al establecerse un tratamiento privilegiado respecto de cualquier persona sobre quien ha sido dictada una prisión preventiva. Hernández acaba de apartarse del juicio oral y público por razones médicas, y en su lugar estará otra magistrada de Paraná, Noemí Berros.

La detención domiciliara decidida por este Tribunal fue apelada tanto por la fiscal Mabel Colalongo como por los representantes de las querellas de Hijos Rosario y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Alvaro Baella y Lucas Ciarniello. Plantearon que los supuestos argumentados para que López estuviera en su casa no eran suficientes. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a esa apelación, por unanimidad, con los votos de los magistrados Mariano Hernán Borinsky, Eduardo Rafael Riggi y Liliana Catucci.

López se desempeñó como Personal Civil de Inteligencia dentro del Destacamento de Inteligencia 121 del Comando de II Cuerpo del Ejército de Rosario. Fue miembro del grupo de tareas conocido como "la patota de Guerrieri". En ese carácter, operó en los centros clandestinos de detención conocidos como Calamita, Quinta de Funes, Escuela Magnasco, La Intermedia y Fábrica de Armas durante la última dictadura militar.

En su pedido de detención domiciliaria, López había argumentado que tiene un hijo de 40 años que padece síndrome de down y diabetes, y que su mujer --ahora fallecida-- no podía hacerse cargo de su cuidado por una enfermedad psiquiátrica. "Del informe efectuado por el Gabinete Interdisciplinario surge que el grupo familiar no conviviente está conformado por tres hijos más, todos ellos adultos, económicamente independientes y dos de ellos residentes en Rosario, donde López se encuentra detenido", dice el voto de Borinsky, que fue acompañado por los otros dos integrantes de la Cámara. En la misma línea, recuerda "tal como lo hace la señora Fiscal, que el Código Civil incluye a los hermanos y medios hermanos entre los parientes por consanguineidad que tienen la obligación de prestarse recíprocamente alimentos". Para la Cámara, el TOF 1 "no efectuó un análisis completo de la situación familiar de López, ni demostró en su resolución que los familiares colaterales no estén en condiciones de prestar la colaboración a la que se encuentran obligados por la ley".

La Cámara subrayó además "el especial deber de cuidado que deben observar los jueces al momento de evaluar riesgos procesales en causas en las que se investigan crímenes de lesa humanidad, que ha sido reafirmado por nuestro Alto Tribunal".

López fue procesado por el juez federal Marcelo Bailaque, en octubre de 2009, como coautor de privación ilegal de la libertad, agravada, por mediar violencia y amenazas en concurso real con el delito de tormentos que damnificaron a 17 víctimas, y por 14 homicidios de personas que fueron secuestradas en el centro clandestino de detención conocido como "Quinta de Funes", como así también hacia los que fueron retenidos en la Fábrica de Armas Domingo Matheu.

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Roberto López Arango y Lilia Carnero habían votado por otorgarle la prisión domiciliaria a López.
 
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