22:51 › A PAGAR O A SALTAR LOS MOLINETES

El aumento del subte, por ahora, se mantiene

La Justicia porteña rechazó los amparos contra el aumento de tarifas del 127 por ciento dispuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La resolución la adoptó el juez en lo contencioso administrativo y tributario, Fernando Juan Lima, quien no hizo lugar al pedido común de aplicar una "medida cautelar" para suspender la suba del boleto de 1,10 pesos a 2,50 hasta que se realizara una audiencia pública para tratar el tema.

Lima, quien decidió rechazar el dictado de una medida cautelar para poner freno al aumento que ya se está aplicando desde el último 6 de enero, aclaró que no estaba avalando el aumento y advirtió que el amparo que solicitaron las asociaciones no gubernamentales, legisladores y ciudadanos todavía debe resolverse en diez días. "El amparo es el proceso principal. No sólo no fue rechazado sino que está en trámite. Lo que sucede es que el amparo es una vía excepcional, de trámite rápido. Y si bien las medidas cautelares son admisibles, su procedencia es muy excepcional. En este caso, la decisión no es un 'aval' al aumento. Lo único que se dice es que la cuestión no es tan clara, ni tan urgente como para hacer lugar a esa medida excepcionalísima", sostuvo el magistrado ante la agencia DyN.

De esta manera, aún quedaría abierta la puerta a que la Justicia disponga más adelante congelar el aumento, luego de hacer un análisis sobre los argumentos del Gobierno porteño, que argumenta que no puede prestar el servicio sin el reajuste.

La asociación Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional inició una acción de amparo y con el correr de los días se fueron sumando varios pedidos similares, que se acumularon en una misma causa, ya que todos reclamaban lo mismo: frenar el aumento de la tarifa y llamar a una audiencia pública para discutir la cuestión. La causa se radicó entonces contra el GCBA, Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) y la concesionaria Metrovías.

En su resolución, el juez planteó que "las medidas cautelares se hallan condicionadas a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita y el peligro en la demora" que impliquen que una resolución tardía resultaría "prácticamente inoperantes". En ese marco, Lima sostuvo que el peligro de demora no se acreditaría en este punto ni tampoco el riesgo de un daño extremo. El trámite actual se basa "en la pretendida afectación del derecho a la participación ciudadana, al afirmarse que se habría procedido a imponer un aumento en la tarifa de subterráneos sin haber cumplido con los procedimientos legales que la normativa impondría para ello". "En esta instancia inicial del proceso, con los acotados elementos con que se cuenta, sería impropio (y, en los hechos, prácticamente imposible) avanzar en el examen de esas circunstancias, que requieren un marco de análisis más amplio, con posibilidades de mayor contradicción y prueba", se aseguró.

El juez Lima sostuvo que "las medidas precautorias son admisibles", pero "su procedencia es excepcional y se limita a los supuestos en los cuales, de no admitirse dicha medida, ello redundaría en la imposibilidad para la jurisdicción de dictar una sentencia de mérito (ejemplo paradigmático de ello es el pedido de suspensión del acto que ordena la demolición de un edificio: si no se accede a él, no habrá objeto sobre el que decidir en la sentencia)".

El juez agregó que no ignora "la entidad de la modificación en el monto que efectivamente se abona para viajar en el transporte subterráneo de esta ciudad, con la incidencia económica que ello puede tener en las distintas economías personales o particulares". Pero -añadió- "no se advierte que ese agravio revista la entidad necesaria como para considerar que los riesgos de permitir que continúe la situación actual hasta el dictado de la sentencia definitiva sean mayores que los que podrían derivarse del dictado de la cautelar pedida". Lima sostuvo que "tampoco parece darse en el caso el supuesto en el cual el daño que se irrogaría sería irreparable, excesivamente gravoso o no susceptible de reparación posterior".

Así las cosas, el juez aclaró que aún se está "en el ámbito de una acción de amparo" que se tramita en diez días y por lo tanto "un estudio más profundo, con mayores elementos de prueba y con un mayor debate que posibilite el adecuado ejercicio del derecho de defensa de todas las partes involucradas". En su resolución, disparó por elevación a los denunciantes: "No deja de llamar la atención la actitud algo despreocupada que han asumido algunos de los demandantes, que al tiempo que acuden a una vía urgente demoran días en traer tres o cuatro copias o acreditar debidamente su personería".

El gremio de trabajadores del subte, mientras tanto, había dispuesto liberar desde esta mañana los molinetes en las principales estaciones y en los horarios pico, mientras la administración macrista había comunicado que no volvería atrás la suba de la tarifa que llevó el boleto a 2,50, e insistió en la posibilidad de que haya eventuales aumentos, al mismo tiempo que negó su obligación de convocar a una audiencia pública para instrumentar la medida.

Lima, al rechazar los 8 amparos presentados en contra del aumento, entre otros, por las ONG Ciudadanos Libres y Consumidores Libres, con el respaldo de los legisladores Aníbal Ibarra, Delia Bisutti, Susana Rinaldi y Edgardo Form, a los que se sumaron los pedidos del legislador Alejandro Bodart y los excandidatos del Partido Obrero, Néstor Pitrola y Marcelo Ramal, deja en manos de la Cámara en lo Contensioso, Administrativo y Tributario la decisión final.

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