UNIVERSIDAD

En busca de un régimen previsional para todos los docentes por igual

Educación presentará un proyecto de ley para que los profesores universitarios se beneficien con una jubilación especial.

 Por Javier Lorca

El Ministerio de Educación prepara un proyecto de ley previsional para beneficiar a todos los docentes universitarios con un haber jubilatorio del 85 por ciento del último sueldo promedio. Hasta ahora, sólo los profesores full time tienen ese beneficio. Según informó a Página/12 el secretario de Políticas Universitarias, Juan Carlos Pugliese, la propuesta será presentada oficialmente el miércoles 30, cuando se haría la demorada próxima reunión de la mesa de negociación salarial que integran los gremios docentes y los rectores de las casas de estudios.
Recientemente, el régimen jubilatorio ya les había traído dos buenas noticias a los profesores universitarios. La primera buena nueva llegó a principios de año y la segunda, la semana pasada. Un decreto firmado por Néstor Kirchner en febrero repuso la aplicación del régimen previsional especial para los investigadores científicos (del Conicet, INTI, INTA, CNEA, etc.) y los docentes de universidades nacionales que realizan tareas de investigación, es decir, los profesores con dedicación exclusiva. Tal régimen fue aprobado en 1983 mediante la Ley 22.929, pero estaba suspendido hace una década gracias a un decreto de Carlos Menem y Domingo Cavallo. Así, este año los científicos y profesores investigadores recuperaron su derecho a cobrar como jubilación el 85 por ciento de su último sueldo, siempre que acrediten haber investigado durante quince años seguidos o veinte discontinuos.
Pese a que fue materia de discusión, el decreto no restituía la movilidad de los haberes jubilatorios, también eliminada por la reforma previsional de los ’90. Pero a esta cuestión se refirió un fallo de la Corte Suprema de Justicia conocido hace una semana. En la causa iniciada por una docente investigadora de la UBA (“Massani de Sese, Zulema contra la Anses”), por unanimidad, el tribunal consideró vigente el régimen previsional especial, incluida la movilidad. Ahora, tras el fallo, los profesores e investigadores jubilados podrán exigir la actualización de su jubilación de acuerdo con los incrementos salariales otorgados a los trabajadores activos. “Salvo que la Anses le dé directamente curso favorable, cada docente deberá iniciar el reclamo administrativo o judicial en forma individual. Y el Estado tendrá que pagarles el 85 por ciento móvil, a los que ya se jubilaron y a los que lo hagan de ahora en más”, explicó Daniel Ricci, titular de la Fedun, uno de los sindicatos nacionales.
“El fallo de la Corte Suprema es una conquista del movimiento docente –dijo Néstor Correa, secretario gremial de la Conadu Histórica, otro de los sindicatos–. Si bien es parcial, puesto que el fallo sólo podrá ser utilizado por los docentes con dedicación exclusiva, una minoría en el conjunto de la docencia universitaria, constituye un paso importante.” El resto de los profesores universitarios, aquellos con dedicaciones simples o semiexclusivas, sigue bajo el régimen jubilatorio general que, por el sistema de reparto o por el de las AFJP, reconoce menos del 50 por ciento del sueldo aportado. El contraste no es sólo con los investigadores y profesores full time: los docentes de escuelas básicas y terciarios, así como quienes enseñan en colegios preuniversitarios, también fueron beneficiados este año con la recuperación del 82 por ciento. Por eso los gremios universitarios vienen reclamando un trato igualitario.
En ese contexto es que la Secretaría de Políticas Universitarias pretende unificar el régimen. “Estamos trabajando para presentar un proyecto que extienda la jubilación especial, con el 85 por ciento, a la totalidad de los docentes universitarios”, dijo Pugliese. “Nuestra interpretación es que esto debe hacerse mediante una nueva ley, no con un decreto”, agregó. La propuesta de la cartera educativa no menciona la movilidad de los haberes. “No la incluimos porque tampoco estaba en la ley original, la 22.929. Por eso tampoco hablaba de movilidad el decreto del PEN.” El régimen especial que se busca hacer extensivo a todos los profesores fija la edad jubilatoria en 65 años para los hombres y en 60 para las mujeres. El haber previsto consiste en el 85 por ciento del sueldo promedio de los dos años previos al retiro. La contraparte es una alícuota del dos por ciento que se agrega a los aportes previsionales del trabajador.

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