El gobierno provincial publicó el viernes último en el Boletín Oficial los decretos 33/21 y 34/21, del Ministerio de Desarrollo Social, que establecen el reglamento eleccionario y las fechas de las distintas instancias de elecciones que deben realizarse para designar a los nuevos representantes de los pueblos originarios oficialmente reconocidos en la condución del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas (IPPIS).  

El decreto 34 establece el cronograma del proceso elector, que demanda entre cuatro y cinco meses, según explicó el subsecretario de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas, Ariel Sánchez. "Convócase a elegir sus representantes, titular y suplente, ante la Asamblea Comunitaria, a las comunidades indígenas de la Provincia con personería jurídica provincial y/o nacional, como así también a aquellas que tengan en trámite su registro de personería jurídica en la elección del año 2018", cita el primer artículo.

El IPPIS es un organismo conducido por un Consejo que está integrado por un presidente y ocho vocales. Se elige un vocal por cada nación originaria en Asamblea Comunitaria, duran dos años en sus funciones y pueden ser reelectos. En Salta tienen reconocimiento oficial estatal nueve pueblos originarios: Tapiete, Chulupí, Chorote, Wichí, Chané, Qom, Diaguita, Kolla y Guaraní y solo éstos están habilitados a participar de las elecciones. La elección no es directa, cada comunidad elige un delegado o representante, los representantes de las comunidades de un mismo Pueblo eligen a un vocal, estos nueve vocales integrarán el directorio del organismo y elegirán entre ellos a quien lo presidirá. 

El mandato de las actuales autoridades vence el 26 de este mes, así que es obvio que deberán prorrogar su mandato para esperar el resultado eleccionario. Sánchez indicó que en normalidad los comicios debieron estar listos en diciembre pasado, pero el Comité Operativo de Emergencia (COE) no lo autorizó, por la pandemia. Y ahora mismo, el proceso está sujeto a los vaivenes del coronavirus, aclara el decreto 34/21: "tanto la convocatoria como el proceso eleccionario de las autoridades del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta, podrán ser suspendidos o prorrogados, si las condiciones sanitarias así lo exigieran", avisa. 

El artículo segundo del decreto 34/21 dispone que la elección de los representantes o delegados de cada una de las comunidades será el 3 de abril, entre las 9 y las 14, y se harán "de forma simultánea, según las normas de usos y costumbres que las rijan y en el lugar de asentamiento de la respectiva comunidad", y advierte que deberán guardar el protocolo sanitario aprobado por el COE.

Se estima que en la actualidad hay entre 450 y 480 comunidades indígenas (de los nueve pueblos originarios oficialmente reconocidos) en condiciones de participar del acto eleccionario. Los representantes de cada comunidad participarán de otro acto eleccionario el 8 de mayo, también de 9 a 14; cada pueblo en forma simultánea, "según las normas de usos y costumbres que las rijan", elegirán a los vocales que integrarán el Consejo del IPPIS. 

La elección de los vocales de los pueblos Chané, Qom (Toba), Wichí, Tapiete, Chorote, Guaraní y Chulupí, que residen en el norte provincial, se hará en Tartagal, y la de los vocales de los pueblos Diaguita Calchaquí y Kolla, de los Valles y la Puna, se hará en la ciudad de Salta. 

Los nueve vocales se reunirán después en plenario y elegirán al presidente del IPPIS. El artículo 5 de la ley 7121, de creación del IPPIS, establece que la presidencia debe ser rotativa entre los pueblos, así que esta vez corresponde que quede en manos del vocal Diaguita Calchaquí o el del Pueblo Chané.  

El decreto 33/21, modifica parcialmente el reglamento electoral del IPPIS. Entre otras cuestiones, establece los requisitos para quienes deseen ser candidatos a ocupar el directorio del IPPIS. En general, la exigencia es que deben ser integrantes de una comunidad originaria. Pero hay limitaciones: no pueden postularse las "personas con capacidad restringida por sentencia judicial", las que estén cumpliendo condenas y quienes hayan sido condenados o sancionados por faltas electorales. 

El Padrón de Comunidades Indígenas será confeccionado por la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas, que depende de la Secretaría de Asuntos Indígenas. El decreto prevé que el padrón deberá comprender a todas las comunidades con personería jurídica registrada ante el Estado Nacional o la Provincia, y también las que tengan en trámite su registro de personería jurídica y hayan participado en las elecciones inmediatas anteriores del Consejo del IPPIS. 

El padrón provisorió será exhibido 60 días corridos antes de la fecha de elecciones en cada comunidad, en las sedes de los municipios, hospitales, destacamentos policiales, centros de salud, centros religiosos y todo otro lugar de concurrencia masiva en donde haya comunidades indígenas, para que puedan revisarlos y reclamar su inclusión si no estuvieran o la corrección de datos erróneos. Una vez pasado esta etapa, la Subsecretaría aprobará el padrón definitivo y ordenará una nueva exhibición con una antelación no menor a los 10 días corridos a la fecha de las elecciones por comunidades.

Sin reconocimiento oficial 

Aunque la Provincia reconoce oficialmente a nueve pueblos originarios, hay otros cinco que vienen reclamando ese estatus. Los pueblos Atacama, Tastil, Lules, Iogys y Weenhayek también vienen pidiendo estar en la conducción del IPPIS.

El presidente de la comunidad Lules Las Costas, David Torres, explicó que el proyecto para el reconocimiento provincial tiene media sanción en el Senado y existe un compromiso de la Cámara de Diputados para darle tratamiento en abril de este año. "Hicimos tres conversatorios, el último fue antes de las fiestas. La Provincia interactúa con los cinco pueblos, solo falta la formalidad de que nos reconozca por la ley. Queríamos participar de las elecciones y que se implemente el presupuesto", sostuvo. 

"La posición de la Provincia es que (estos pueblos) puedan participar", sostuvo el subsecretario de Regularización Territorial ante la consulta de Salta/12. Pero aclaró que el reconocimiento oficial necesita de una ley que modifique a la 7.121, recordó que ya con anterioridad pasó que la Provincia solo reconocía a siete pueblos y luego incorporó a las naciones Kolla y Diaguita Calchaquí, y destacó que en la práctica "el Gobierno, de alguna manera reconoce a estos pueblos porque se reúne con ellos". "Lo importante es la voluntad del gobernador de democratizar el Instituto, de una vez saneado (...) quiere que se lleven a cabo las elecciones", aseguró. 

Torres añadió por su parte que los pueblos Atacama, Tastil, Lules y Iogys tienen reconocimiento y participación en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y que el Weenhayek quedó con las gestiones a medias, a raíz del cambio de gobierno.

Torres recordó que en sus orígenes, "por un problema limítrofe con Bolivia y Paraguay", el gobierno provincial "reconocía solo a cuatro pueblos originarios como salteños y argentinos en el lugar", luego reconoció a otros tres, y en 1986, mediante la ley 6373, de creación del Instituto Provincial de Aborígenes (IPA), reconoció a siete y más tarde fueron reconocidos diaguitas y kollas. Es decir, concluyó, que "la ley se viene modificando varias veces. Faltan muchos pueblos por reconocerse" y "es obligación del Estado reconocer la identidad de los pueblos que ha sido comprobada", recordó.