La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo régimen de información para las operaciones internacionales dirigido a las grandes empresas. El objetivo es mejorar el cumplimiento en materia tributaria a la hora de la declaración de los beneficios de las firmas que operan con múltiples conexiones financieras y comerciales a nivel global, entre ellas con las guaridas fiscales.

El Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (Ricoi) fue reglamentado a través de la Resolución General 5306/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial. "Permitirá a la AFIP un control online sobre las operaciones internacionales realizadas por las grandes empresas. Reemplaza al Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales, que había sido puesto en marcha en 2020, aunque estaba suspendido desde septiembre pasado, como respuesta al reclamo de los profesionales nucleados en los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas", informó el organismo que dirige Carlos Castagneto.

De acuerdo a las críticas de las entidades que nuclean a los contadores, el anterior régimen a través de su figura de asesor fiscal, "obligaba a contadores y abogados a comprometer el secreto profesional y fiscal de sus clientes”, admitió Castagneto. 

Ahora, con el nuevo esquema, asegura la AFIP, "abogados y contadores ya no tendrán la responsabilidad personal, la cual recaerá ahora sobre las sociedades". Además, el Ricoi exceptúa a las pymes de las categorías de facturación más bajas. 

Ante este cambio, la Federación de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en representación de los 24 consejos que la componen, señaló en un comunicado su "beneplácito por la medida adoptada por la AFIP. El anterior régimen avanzaba peligrosamente por sobre un derecho constitucional consagrado, la jurisprudencia y la normativa vigente, que es el secreto profesional y el debido sigilo en la relación profesional – cliente".

Control

La nueva normativa se aplicará a la presentación de la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 1 de agosto de este año. "Como parte del proceso, la AFIP mostrará al contribuyente la información obtenida del exterior mediante los acuerdos internacionales que posee con terceros países”, adelantó el organismo. Mediante esa herramienta, la AFIP busca aumentar la percepción de riesgo de parte de las empresas, que así tendrían menores incentivos a subdeclarar.

"Entre las acciones que pueden producir una erosión en la base imponible del país y que se deberán declarar por parte de las grandes empresas están los casos donde se favorezca el traslado de beneficios a otras jurisdicciones aprovechando las asimetrías en las leyes tributarias para reducir el pago de impuestos en el país, o esquemas que busquen eludir la obligación de informar en Fatca -–ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras-- o el Estándar Común de Reporte (CRS)", explicó la AFIP.

También se deberá declarar "una operatoria internacional que involucre una o más entidades y/o figuras jurídicas que no posean personalidad fiscal en la jurisdicción en la que se encuentren constituidas, domiciliadas o ubicadas, y sus ingresos sean atribuidos en forma directa a sus accionistas, socios, partícipes, titulares, controlantes o beneficiarios", agrega el organismo recaudador.

El objetivo oficial es perjudicar la planificación fiscal nociva que muchas veces realizan las grandes empresas mediante triangulaciones, precios de transferencia y operatorias con filiales y controladas ubicadas en paraísos fiscales.