La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba falló a favor del cobro del aporte solidario y extraordinario a personas con alta capacidad contributiva por parte de la AFIP, al rechazar un planteo de confiscatoriedad esgrimido por un empresario para no abonar el tributo. De acuerdo a la determinación de oficio de la AFIP, el ciudadano deberá abonar un importe de capital de 121 millones de pesos más intereses. El contribuyente ya había recibido un fallo en contra de un juez de primera instancia el año pasado, que ahora fue confirmado por la Cámara de Apelaciones. De esta manera, el fallo consideró que el aporte es un tributo que afecta solamente el 3 por ciento del capital patrimonial del sujeto, y no debe estimarse, como pretendía el empresario, sobre sus rentas.
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