Dos obreros de la construcción perdieron la vida como consecuencia de un derrumbe ocurrido en una obra, en la calle Virasoro 1638 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Eran hermanos, tenían 30 y 32 años, quedaron sepultados entre los escombros y murieron de inmediato.

La Unión Obrera de la Construcción (UOCRA) había denunciado graves irregularidades en la obra ante las autoridades de la CABA. Señalaba, entre otras violaciones a la ley, “falta afianzar partes inestables” y “falta apuntalar muros medianeros”. La Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad le informó a PáginaI12 que en la inspección del 15 de septiembre no se encontraron irregularidades.

El accidente de trabajo, según la burocracia estatal, ha de haber sido consecuencia de un arrebato colérico de Zeus o de un sismo focalizado en ese inmueble o de algún otro fenómeno asombroso.

Sin embargo, los siniestros laborales son, frecuentemente, una consecuencia extrema de la explotación capitalista, la codicia de patrones y la complicidad del sistema legal y el Poder Judicial.

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Como dijimos, este diario informó sobre la tragedia evitable. En la misma edición, la del jueves 12 de octubre, se daba a conocer una nueva sentencia de la Corte Suprema de Justicia avasallando derechos de trabajadores y defendiendo los intereses de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

La había promovido Marciano Núñez Benítez, víctima él mismo de otro siniestro sucedido en una obra en construcción, con secuela de lesiones graves.

Sus abogados solicitaron la inconstitucionalidad de una disposición de la ley 26773, dictada en 2012 durante el gobierno anterior: estipula que cuando se reclaman indemnizaciones basadas en el derecho común, es competente la Justicia Civil. La norma, exigencia de las ART y las corporaciones patronales, siempre fue resistida por la mayoría de los académicos y abogados especialistas en Derecho Laboral.

Su fundamento fue recogido y bien resumido en el voto conjunto de la minoría conformada por los jueces Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Expresaron que la decisión de remitir el caso a la justicia civil implica un perjuicio para el demandante, a quien “se privaría definitivamente... de la posibilidad de tramitar su reclamo ante el fuero laboral, que no solo está especializado para atender las demandas que los trabajadores dirigen a sus empleadores, sino que, además, cuenta con un procedimiento nítidamente diseñado para garantizar tanto la gratuidad para el trabajador litigante como la rápida solución de los conflictos”. Aunque peca de optimista respecto de la celeridad, el voto da en la tecla en todo lo demás y refuta al capcioso e injusto fallo de la mayoría, los otros tres cortesanos: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Federico Rosenkrantz. El terceto se lavó las manos como Pilatos. Resolvió que era prematuro expedirse sobre qué tribunal debía decidir porque no había, aún, prejuicio para el obrero que accionaba.

Un disparate, ya que el devenir del proceso condiciona su resultado y la Justicia Civil es clasista por definición mientras que la Laboral, creada por el primer peronismo, procura compensar la asimetría de poder y recursos entre empleadores y trabajadores.

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El portal CIJ de la Corte informa cotidianamente de sentencias que reducen las indemnizaciones a víctimas de accidentes de trabajo. Alardea de esa actitud, a menudo informando mal sobre lo que realmente es el objeto del juicio. La intención o cuando menos el resultado) es demostrar alineamiento con la política del Gobierno nacional. La seguidilla es impresionante. 

Un factor adicional importante es que el juez Rosenkrantz fue, hasta hace poco, abogado de grandes empresas. Todas ellas se benefician, directa o indirectamente, con esta jurisprudencia. Un principio ético elemental debería llevarlo a excusarse de intervenir. No lo hace, en un nuevo ejemplo de cómo se zanja, en la era macrista, el conflicto de intereses: pasándole por arriba.

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Milagro Sala fue llevada ilegalmente, con vejámenes y sadismo a la prisión de Alto Comedero (ver asimismo páginas 2 y 3 de esta edición). 

Hay un recurso arrumbado en la Corte, muy anterior a este nuevo episodio aberrante, reclamando a Sus Señorías que se expidan sobre la procedencia de su encarcelamiento original sin condena firme.

Sus Señorías lo dejan dormir, muy ocupadas en otros menesteres.