La Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo confirmó la decisión de la jueza de primera instancia Moira Fullana y declaró la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del DNU N°340/2025, que limitaban el derecho a huelga.

Según consideraron los jueces de la Sala V, Silvia E. Pinto Varela y Héctor C. Guisado, los artículos mencionados resultan inválidos porque violan principios constitucionales fundamentales.