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Facilidades de la UIF

La Unidad de Información Financiera (UIF) modificó el procedimiento que deben seguir los bancos para informar operaciones sospechosas de lavado de activos. El cambio, que fue publicado ayer en el Boletín Oficial y se encuadra en el blanqueo de capitales, establece que las operaciones que puedan ser consideradas sospechosas y se realicen hasta el 31 de marzo próximo se comunicarán a través de un canal informativo exclusivo del Régimen de Sinceramiento Fiscal (blanqueo). Si bien existe la promesa de que se continuará la investigación ilícita del dinero, independientemente del perdón fiscal, el apartado implica un tratamiento diferenciado para quienes ingresen dinero al blanqueo. Estos reportes deberán ser debidamente fundados por el banco y contener una descripción de las circunstancias por las cuales se considera que la operación tiene carácter de sospechosa y revelar un adecuado análisis de la transacción y el perfil del cliente.

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