EL PAíS › DEJARON EN SUSPENSO LA PRISION EFECTIVA DE QUINCE CONDENADOS

Puerta abierta a represores

Lo dispuso la Sala III de la Cámara de Casación, con el voto de Liliana Catucci y Eduardo Rafael Riggi. Los beneficiados habían sido condenados en diciembre en Salta, siete de ellos a perpetua. Los querellantes pidieron que la decisión sea revisada.

 Por Alejandra Dandan

Hay quien dice que el orden de los votos cambió a último momento. Los hechos ocurrieron en la Sala III de la Cámara de Casación Penal, que con el voto de dos de sus integrantes, Liliana Catucci y Eduardo Rafael Riggi, dejó en suspenso la prisión efectiva de quince represores condenados en diciembre del año pasado en la provincia de Salta por crímenes imprescriptibles, siete de ellos a perpetua. Gracias al fallo, después de dos años de juicio, ninguno quedó en la cárcel. Unos obtuvieron domiciliarias y otros quedaron en libertad. La noticia sorprendió y generó preocupación entre sobrevivientes y familiares de las víctimas y ya generó efectos en otras resoluciones. Los querellantes acaban de presentar un “pronto despacho” ante la Cámara para que revise la situación.

“La verdad es que nosotros como familiares y con tanto esfuerzo que hicimos para llegar a este juicio, nos sentimos muy maltratados con la resolución de Casación”, dice Cristina Cobos, una de las querellantes. “Evidentemente la sacaron sin tener en cuenta los 37 años que esperamos para tener justicia y sin tener en cuenta que varios imputados tienen otras causas en las que están a punto de llegar a juicio oral, por lo tanto es un problema que estén en libertad”, explica sobre los eventuales riesgos de fuga que genera el escenario de un próximo juicio para cualquiera de los recién liberados.

David Leiva es abogado de la querella. Vive en Orán. Su estudio está pegado a la ferretería del pueblo donde días pasados se topó con uno de los condenados, Raúl Toledano. Toledano es un policía supuestamente que con la decisión que la Cámara de Casación tomó a mediados de julio recuperó la condición de libertad previa a la condena. David Leiva lo vio en la ferretería y al comienzo no creyó lo que veía. Estaba convencido de que Toledano al menos tenía una domiciliaria. “El tema es una vergüenza”, dice el abogado. “Las personas imputadas en delitos menores o las mulas o por temas de drogas están totalmente presas y estos condenados por delitos imprescriptibles, de lesa humanidad y perseguibles en cualquier lugar del mundo, están paseando por la calle: es una ofensa a la conciencia adquirida en esta época por buena parte de los argentinos.”

En ese contexto, los querellantes presentaron la semana pasada en la misma sala un “pronto despacho”: “Si no lo resuelven con prontitud –dice la presentación– tendremos que pedir el juicio político para los que votaron por la liberad de estas personas”.

La causa que se discute es conocida como “megacausa de Salta”. Concluyó el 20 de diciembre de 2013, después de dos años de debate. El TOF de esa provincia condenó a 15 represores por crímenes contra 34 víctimas. El tribunal dictó siete perpetuas: cinco a militares, una a un comisario y otra a un integrante del Servicio Penitenciario provincial. Además hubo ocho condenas a penas de entre 10 y 5 años de prisión. En el mismo fallo, el Tribunal expresó que todas las condenas debían ser cumplidas con prisión efectiva. Antes del juicio, muchos de ellos estaban con domiciliarias o excarcelados. La defensa de 10 de ellos apelaron el fallo ante la Casación. La Sala III aplicó por mayoría el criterio “de la doctrina asentada”, por el cual las apelaciones suspenden la ejecución de la sentencia hasta que no se resuelva la cuestión de fondo. Además, Catucci y Riggi extendieron el beneficio no sólo a esos diez, sino al resto de los condenados. El único voto en disidencia fue el de la jueza Ana María Figueroa, que aceptó las prisiones excepto en uno de los casos. La clave del argumento suma las razones de las querellas y agrega un cambio de perspectiva al plantear que no se discute la ejecución de la pena, sino una extensión de la situación en la que ya estaban los detenidos antes del fallo, y mientras se resuelve la cuestión de fondo. De acuerdo con esa mirada, una postura se encuadra en las líneas trazadas por los estándares constitucionales y el derecho internacional y la otra los soslaya, para quedarse en la letra chica de la técnica formal y doméstica.

Con más o menos razones, el punto ahora es que después de dos años de juicio, ninguno de los imputados está en la cárcel. Cinco de los quince condenados están con domiciliaria. Y los otros diez están excarcelados. Con domiciliaria están los responsables de los casos más graves: Carlos Alberto Mulhall (jefe del Regimiento de Salta), Miguel Raúl Gentil (jefe de Policía), Virtom Modesto Mendíaz (jefe de Policía), Joaquín Guil (director de Seguridad, y a quien se lo describe un Miguel Etchecolatz de Salta) y Hector Ríos Ereñu (jefe del Regimiento Monte 28 Tartagal-Salta).

Las libertades beneficiaron a nombres menos conocidos afuera de la provincia, pero la fiscalía señala al menos tres como situaciones realmente graves: Juan Carlos Alzugaray era un policía de Inteligencia de la Federal, ubicado como torturador en el grupo de tareas; Juan Manuel Ovalle era un civil que integraba un grupo de tareas y marcaba personas en la Universidad Nacional de Salta, y Ricardo Isidro de la Vega era S1 de la plana mayor, jefe de Personal y mano derecha del jefe del Regimiento.

El dato que más preocupa en este momento es, además, los futuros efectos. Un fallo reciente del TOF de Salta revocó la domiciliaria de un represor de Metán, pero el voto en minoría de Marta Snopek se la negó y citó como precedente el fallo de Casación.

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Los jueces de la Sala III de la Cámara de Casación Penal, Eduardo Rafael Riggi y Liliana Catucci.
Imagen: Télam
 
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