EL PAíS › LO QUE HAY DETRáS DE LOS PLANTEOS DE JUECES, CAMARISTAS Y ABOGADOS CONTRA LA LEY DE SUBROGANCIAS

Una pelea por el manejo de los nombramientos

La proliferación de demandas contra la iniciativa es idéntica a la que hubo para trabar las leyes de “democratización de la Justicia”. Igual que entonces, la batalla de fondo es por quién maneja el poder y “gobierna” en tribunales.

 Por Irina Hauser

La última aparición pública de Ricardo Lorenzetti ante un auditorio de jueces fue el 10 de junio y tuvo la excusa de celebrar el día Mundial del Ambiente, aunque había mal clima en la Corte Suprema. Sus colegas lo habían dejado prácticamente solo en el acto, pidiendo “unidad” a la corporación con la única compañía en el estrado de Juan Carlos Maqueda. Pero la fuente de malestar era más amplia: ese mismo día se votaba en la Cámara de Diputados la nueva ley de subrogancias que trasladó la facultad de nombrar a los jueces suplentes que tenía el propio Poder Judicial hacia el Consejo de la Magistratura. Lorenzetti podía vaticinar el conflicto que se avecinaba. Esa nueva norma pronto desataría el fin de la suplencia de Luis Cabral en la Cámara de Casación Penal y –como era esperable– la judicializarían las asociaciones de jueces y abogados, más algunos partidos políticos, con amparos y medidas cautelares, destinados a desembocar a la larga precisamente allí, en la Corte. A ellos se empiezan a sumar declaraciones de inconstitucionalidad de oficio. El mecanismo de hacer proliferar demandas es idéntico al que aplicaron los mismos personajes frente a las leyes de “democratización de la Justicia”, para trabarlas. Igual que entonces, la batalla de fondo es por quién maneja el poder y –en especial– el poder de hacer nombramientos, aunque es también una pulseada sobre quién “gobierna” en tribunales. ¿El propio Poder Judicial, con los supremos a la cabeza, o el Consejo y su mayoría política? El expediente empantanado sobre el Memorándum con Irán, donde Cabral evitó expedirse aún antes de ser desplazado, es una muestra de las implicancias de las (ahora famosas) subrogancias.

Cuando en 2013 le plantearon inconstitucionalidad de la ley que daba participación a la ciudadanía en la elección de consejeros de la Magistratura, la Corte invalidó la reforma. Todavía eran siete los supremos y la única disidencia fue de Raúl Zaffaroni. Hoy el escenario electoral complejiza cualquier sentencia, pero además el alto tribunal, con tres miembros menos y uno de 97 años en funciones, ya no tiene la misma fortaleza. La figura de Lorenzetti quedó controvertida tras afirmar que el atentado a la Embajada de Israel es “cosa juzgada” y después de adelantar ocho meses la votación de su mandato presidencial 2016-2019. La postura de la Corte, desde que Cabral perdió la suplencia en Casación por decisión del Consejo, es oscilante. No aceptó reponerlo, pero se anunció dispuesta a analizar un eventual planteo judicial contra las nuevas reglas de subrogancia. Para amplificar la discusión y a la vez controlarla, citó a un encuentro a camaristas de todo el país. Los invitó a que hagan catarsis y cuenten sus problemas prácticos derivados de la ley. Los resumió en dos hojas y anteayer los envió con formato de reclamo al Consejo, al que le pidió que les devuelva a las cámaras la potestad de nombrar jueces interinos. El organismo hará hoy un plenario y, quizá, algunas concesiones.

No tan suplentes

La ley de subrogancias regula la designación de jueces suplentes cuando se producen vacantes ocasionales o permanentes (jubilación, renuncia, muerte, destitución, excusación, recusación, licencia). El problema de la gran cantidad de cargos vacíos en el Poder Judicial (entre el 25 y 30 por ciento) también figura en el reclamo de la Corte al Consejo, que se ocupa de los concursos. Pero todo el mundo sabe que es histórico: ni de la gestión actual, ni de la anterior, ni de la previa, por más que se lo muestre como un drama nuevo. Esos agujeros traen problemas al servicio de justicia, al tiempo que encarnan el eterno botín de negociaciones entre los poderes Judicial y político y que, en el fondo, ninguno de ellos quiere terminar de resolver.

El 17 de junio fue promulgada la nueva ley, que en Diputados se aprobó con 130 votos contra 88 de la oposición. Hasta entonces a los jueces subrogantes los elegían las cámaras de cada fuero, es decir, los jueces se elegían entre jueces para puestos transitorios. Debían hacer un sorteo, a veces una mera formalidad ya que todo se acordaba. Había, además, un orden para designar a estos sustitutos: debían ser jueces o juezas de la misma cámara, o de no ser posible, camaristas de otros tribunales. Como última opción, estaba prevista la lista de conjueces elaborada por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado, de la cual también se hacía sorteo. Ahora las subrogancias las decide el Consejo de la Magistratura, por mayoría simple, y los nombres se eligen, no hay sorteo. Si la suplencia es por menos de sesenta días, la decide la Cámara, pero el Consejo tiene la potestad de hacer modificaciones. Esta semana, sorpresivamente, la Sala II de la Cámara Federal declaró la inconstitucionalidad de oficio del sistema por considerar que viola los principios del “juez natural”, “imparcialidad” e “independencia”, ya que permite a un cuerpo con representación política mayoritaria nombrar con “discrecionalidad”.

Excepto por unas pocas denuncias (del CELS, el fiscal Jorge Auat y el juez Alejandro Slokar), nadie cuestionó el nombramiento de Cabral en 2011 en Casación sin sorteo, cuando era un mecanismo obligatorio. Cabral, juez de tribunal oral, presidía la Asociación de Magistrados y era un nexo con la Corte. Llegaba para cubrir un lugar estratégico, como contrapeso, en el máximo tribunal penal que estaba en pleno cambio de composición con jueces que llegaron por concurso nombrados por el kirchnerismo. Dos casos claves en los que debía intervenir ahora son el del Memorándum con Irán y el de sobornos en el Senado. Pero Casación, además, tuvo el poder de repartir subrogancias (que dan un plus salarial) en todos los tribunales orales federales.

Al tomar nota de la nueva ley la titular de Casación, Ana María Figueroa le avisó al Consejo que estaban por vencer cuatro subrogancias en su cámara: tres las cubrían los propios casadores, la otra era la de Cabral. Así, fueron nombrados conjueces abogados de la lista del Ejecutivo. Cabral no se quedaba sin trabajo, sólo tenía que volver a su tribunal de origen. La oposición denunció una supuesta maniobra para evitar que se declare la inconstitucionalidad del memorándum. Sin embargo, la sala que integraba Cabral había establecido el 22 de junio –fecha anterior a su desplazamiento– para anunciar la sentencia, tal es así que hasta citó a los abogados de las partes. Pero ni él, ni sus colegas Figueroa y Juan Gemignani, habían presentado sus votos ni deliberado. Los tres incumplieron su compromiso. Ahora el expediente está atascado, en medio de recusaciones.

Una independencia especial

Cabral nunca se presentó al concurso para quedar como titular del cargo de casador que ocupó estos años, que está por finalizar. Sin embargo, se transformó en un mártir e inspiró una protesta –anunciada incluso por el Centro de Información Judicial de la Corte– que juntó a la Asociación de Magistrados, la Federación de abogados y dirigentes de las fuerzas de oposición, como Laura Alonso, Patricia Bullrich, Ricardo Gil Lavedra, Graciela Camaño, Adrián Pérez. La foto de ese dream team de judiciales y políticos detrás de una gran mesa en plenos preparativos para la marcha y acompañando a Cabral en la firma de su medida cautelar, puso en evidencia la endeblez, y lo paradójico, de sus denuncias de presiones, condicionamientos políticos y el reclamo de independencia judicial. ¿Se excusarán esos jueces si un día les toca una causa que implique a sus aliados de la foto?

La batalla judicial de Cabral, ya el día de la movilización, no había tenido un buen comienzo. El juez en lo contencioso administrativo Esteban Furnari le dijo que su subrogancia había concluido y que la “judicialización amplia de las decisiones de otros poderes” puede poner en “serio riesgo” las funciones que la Constitución les da. Son los jueces los que “deben saber mantenerse dentro de su órbita”, invirtió el razonamiento habitual. La apelación de Cabral está ahora en la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que difícilmente se apure.

Ese mismo fuero es el que está recibiendo la lluvia de amparos y medidas de cautelares que directamente piden la inconstitucionalidad de la nueva ley. Quien hizo punta en el tema, aún sin un planteo concreto, fue el juez Alberto Recondo de La Plata, cuando intentó desplazar a Lautaro Durán de la subrogancia en el juzgado electoral. La Cámara platense lo repuso en tiempo record. Pero jueces, abogados y políticos están dispuestos a insistir, hasta conseguir que algún otro juzgado les dé la razón. Algunos citan antecedentes de la propia Corte, a modo de presión, y señalan que no está garantizado el nombramiento constitucional con intervención del Ejecutivo y el Senado. La mayoría cuestiona que los subrogantes dependen de las “mayorías políticas de turno” y carecen de “estabilidad”. Hay más de una decena de planteos judiciales. Los de la Asociación de Magistrados y el Colegio Público de Abogados son los más recientes, además de los de Federación de Abogados (FACA), el Colegio de Abogados de la Ciudad, la agrupación de Abogados será Justicia, entre otros.

“La garantía de estabilidad es para las partes, no es un derecho del juez”, explicó el penalista Julio Maier, quien fue juez del superior tribunal porteño. “Es ridículo que todos los jueces de la república, más de 15 mil, puedan declarar inválida una ley aprobada por el Congreso”, señaló a Infojus Noticias. El fiscal Félix Crous explicó en este diario el domingo último que el mecanismo constitucional de designaciones está garantizado. La agrupación Justicia Legítima ayer señaló que hasta ahora nadie esgrimió argumentos “serios” de inconstitucionalidad y todo se ciñe a “intereses individuales que buscan preservar situaciones de privilegio y poder” (ver aparte).

Lorenzetti ha planteado las polémicas al tiempo que intenta mostrarse como mediador, sin dejar de remarcar que es la “cabeza” de los judiciales. Sus gestos, no sólo se dirigen a los jueces. La resolución reciente que aclara que sólo la Corte puede habilitar tribunales nuevos, impediría –por ejemplo– que los tribunales de defensa del consumidor que inquietan a los empresarios empiecen a funcionar con subrogantes.

La voluntad de cubrir vacantes, que requiere la voluntad de todos los sectores (políticos y judiciales) del Consejo de la Magistratura, estará a prueba hoy mismo en el plenario cuando deban aprobarse las ternas para treinta cargos, entre ellos el que ocupó Cabral.

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La postura de la Corte desde que Cabral perdió la suplencia en Casación, por decisión del Consejo de la Magistratura, es oscilante.
Imagen: DyN
 
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