EL PAíS › EL CONGRESO VOTO EL CALENDARIO

180 días de clase

Desde el inicio del ciclo lectivo en el 2004, los alumnos de todas las escuelas del país deberán recibir el dictado por lo menos de 180 días de clases. La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que prevé que la Nación adelantará los recursos coparticipables necesarios para pagar los sueldos docentes en término y conjurar, por lo menos, esa causa de conflicto. La norma fue impulsada por el Ejecutivo en julio tras un acuerdo del Consejo Federal de Educación, que reúne a todos los ministros del área.
La ley considera como “día de clase” a las jornadas en las que se dicten al menos la mitad de las horas de curso previstas. Frente a la posibilidad de que los conflictos salariales de los docentes puedan alterar el cumplimiento de este piso, la ley prevé que las provincias puedan solicitar asistencia financiera a la Nación, y que los días perdidos por paro se compensen con días complementarios hasta alcanzar el mínimo obligatorio. Durante el 2002, algunas provincias tuvieron menos de 150 jornadas con el dictado de clases, y el promedio a nivel nacional fue de 163.

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