EL PAíS › UN FISCAL PIDIO LA ANULACION DE LOS INDULTOS

“Arbitrarios e ilegítimos”

 Por Victoria Ginzberg

El fiscal federal Eduardo Taiano solicitó que se anule el decreto de indulto que en 1989 benefició a los represores Juan Antonio Torti y Antonio Vañek. El reclamo se hizo –según consta en el escrito– “a fin de suprimir para siempre el alcance de la impunidad que les otorgó arbitraria e ilegítimamente el Poder Ejecutivo a los imputados de los delitos de lesa humanidad”. El juez de la causa, Sergio Torres, está ahora en condiciones de expedirse por la inconstitucionalidad del perdón presidencial que benefició a los jefes de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
Taiano adhirió al pedido que habían hecho en el mismo sentido los representantes de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos después de que el juez federal Rodolfo Canicoba Corral anulara el indulto a los represores que estaban involucrados en la causa del Primer Cuerpo de Ejército.
Antes de que lo dejaran de investigar gracias al perdón del Ejecutivo, Torti estaba imputado de 25 privaciones ilegales de la libertad y 23 tormentos, y Vañek de 51 privaciones ilegales de la libertad y 46 tormentos. Pero ninguno había sido juzgado ni condenado, situación que resaltó el fiscal. “Al remover el obstáculo del indulto, sólo se retrotrae la situación procesal al mismo estado en que se hallaba cuando se los benefició con los indultos que ilegítimamente el Poder Ejecutivo les otorgó con exceso en las facultades asignadas por la Constitución nacional, subsistiendo con total plenitud la presunción de inocencia que gozaban ambos durante el curso del proceso”, señaló Taiano.
El dictamen sostiene que el indulto otorgado por el ex presidente Carlos Menem “afrenta” el derecho internacional y la Constitución nacional. “Ninguno de los poderes del Estado puede sustraerse de las obligaciones de respeto y garantía que la Convención Americana sobre Derechos Humanos impone a los estados miembros y por tal motivo resulta necesario afirmar que estos actos del Poder Ejecutivo debieron carecer absolutamente de efectos jurídicos desde el momento de su otorgamiento”, dijo Taiano. El funcionario agregó que cuando la Corte Suprema revisó los indultos a Torti y Vañek “no emitió su opinión respecto de las cuestiones de fondo inherentes a (su) constitucionalidad” sino que se limitó a desechar el planteo por cuestiones formales.

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