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Los bienes de los jueces

La Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura acordó las nuevas normas para la publicidad de las declaraciones juradas de bienes de los jueces. El organismo ya había resuelto derribar los obstáculos en el acceso a los datos patrimoniales de los magistrados, pero faltaba el reglamento, que todavía debe aprobar el plenario. Por lo pronto, los cinco consejeros que se reunieron ayer fijaron reglas que impiden (como ocurría hasta ahora) que los jueces decidan cuándo y a quién permitirle el acceso a su declaración jurada. Todo ciudadano que haga un pedido formal podrá tener la información en el transcurso de los diez días posteriores. Para los jueces, se establece la obligación de entregar su inventario patrimonial dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de asunción en el cargo y el cese de sus funciones y, anualmente, entre el 1º de abril y el 31 de mayo. La presentación deberá contener el detalle de bienes, ingreso y egresos en el país o el exterior. El sistema es similar al que rige para los funcionarios públicos. Una vez al año, además, se hará una audiencia pública donde se difundirá toda la información solicitada por particulares u organizaciones no gubernamentales. Los consejeros discutieron también –a propuesta de la diputada Diana Conti– la posibilidad de publicar la información en Internet, pero decidieron postergar esa medida. Argumentan que la web del Poder Judicial no está preparada como para poder encriptar la información y evitar que sea alterada.

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