SOCIEDAD › LA CAMARA RECHAZO ORDENAR UNA LEY

Cuestión de límites

La Justicia porteña rechazó un pedido de amparo que reclamaba que, a tres de las solicitantes, el Estado les reconociera por ley derechos laborales, previsionales y seguridad social en tanto trabajadoras sexuales autónomas registrables. La demanda, que había sido realizada por tres mujeres que se dedican a la prostitución y la legisladora porteña María Rachid, fue denegada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, que consideró que el Poder Judicial no tiene “la posibilidad de forzar el ejercicio de una competencia privativa orientada (...) a provocar la sanción de una ley”.

Con el apoyo de Rachid, las amparistas habían iniciado las acciones judiciales a raíz de la clausura, ejecutada por el Gobierno de la Ciudad, de una vivienda donde recibían clientes. Por ello, la acción judicial había sido impulsada contra el Poder Ejecutivo local, el Ministerio de Seguridad, la Agencia Gubernamental de Control y la Dirección de Fiscalización y Control, a quienes reclamaba que les permitieran realizar allí actividades enroladas en la categoría de trabajo sexual.

En su fallo, los camaristas Mariana Díaz y Fernando Juan Lima desestimaron el planteo sobre la clausura porque las actuaciones “ya habían sido archivadas”, al tiempo que señalaron que el Estado no tuvo una conducta “manifiestamente ilegítima y lesiva a los derechos constitucionales”. A la Justicia no le corresponde ordenar al Poder Legislativo que dicte una ley reconociendo la prostitución como trabajo registrable, porque la decisión “corresponde al ámbito político como, eventualmente, al penal”, indicaron.

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