SOCIEDAD

De cada mil casos uno tiene condena

 Por Mariana Carbajal

A pesar de que todavía no existe una legislación específica que penalice la trata de personas (hay un proyecto con media sanción del Senado), hay diversas leyes que permitirían combatir algunos de los delitos que involucran el accionar de estas redes como la explotación sexual. Sin embargo, los casos que llegan a condena son poquísimos.

Entre 2002 y 2005 se registró un ingreso de 5153 casos por presunta violación a la Ley de Profilaxis en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese mismo período fueron elevados a la etapa de juicio 49 casos, se aplicó suspensión del proceso a prueba en 16 casos y se obtuvieron 5 condenas, de acuerdo con el relevamiento realizado por la Organización Internacional para las Migraciones. Es decir, “sólo llegó a condena el 0,09 por ciento de los casos”.

Entre 2000 y 2005, según el Ministerio Público Fiscal de la Nación, hubo un total de 4 condenas por promoción o facilitación de la prostitución simple en la ciudad de Buenos Aires, es decir, menos de una condena por año. En el mismo período ingresaron 2 casos con autor no identificado y 36 con autor identificado. De los 38 casos, sólo 16 casos lograron llegar a la etapa de juicio oral. La OIM advierte que estos delitos tramitan ante la Justicia penal de instrucción que cuenta con 49 fiscalías: si se compara esa estructura con la cantidad de ingresos en 5 años se observará que ni siquiera se llega a un promedio de al menos una investigación por fiscalía por este tipo de delito.

En cuanto al delito de “promoción o facilitación de la prostitución en sus modalidades agravadas”, los datos indican que entre 2000 y 2005 ingresaron un total de 43 casos (86 por ciento con autor identificado): fueron elevados a juicio 19 casos y se obtuvieron 9 condenas (20 por ciento de los casos que ingresaron en ese período). En este caso, el promedio fue de 1,8 condenas por año.

Del total de causas judiciales analizadas por la OIM, los casos de trata fueron descubiertos por denuncias de terceros, investigaciones periodísticas, fuga de víctimas o por otras causas judiciales por ejemplo, por narcotráfico o falsificación de monedas. “Esto indica la ausencia de una política criminal por parte de las instituciones encargadas de la persecución penal”, advierte la OIM en su informe sobre trata de mujeres en la Argentina para explotación sexual.

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