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Lunes, 20 de octubre de 2008

SANTA FE › PROYECTO PARA REGLAMENTAR LOS ABORTOS NO PUNIBLES

Cómo cumplir la ley

La diputada provincial Lucrecia Aranda propone un procedimiento para los casos exceptuados por el Código Penal. Sin recurrir a la Justicia y en sólo siete días.

 Por Sonia Tessa

Para eliminar las dificultades y dilaciones que sufren las mujeres para acceder a su derecho a un aborto no punible, la diputada provincial del Partido Socialista Lucrecia Aranda volvió a presentar su proyecto de reglamentación de los casos previstos en el artículo 86 del Código Penal. La iniciativa "establece un procedimiento para estos abortos en todos los centros de salud provinciales. Uno de los motivos centrales del proyecto es indicar claramente que no debe pedirse autorización judicial", puntualizó Aranda, autora de una iniciativa anterior en el mismo sentido, que había perdido estado parlamentario. En este caso, perfeccionó algunos aspectos, como el referido al registro de Objetores de Conciencia, y la obligación del Estado de garantizar la práctica. "No debiera hacer falta una ley para cumplir con algo que es legal, pero en función de las dificultades, dilaciones y resistencias, nos vemos obligados a establecer claramente un procedimiento", puntualizó Aranda.

Las situaciones previstos en el Código Penal son dos: riesgo para la salud o la vida de la mujer, que no pueda evitarse por otros medios, así como la violación o atentado al pudor sobre una mujer idiota o demente. En este segundo caso, la legisladora provincial -basada en abundante jurisprudencia- adhiere a la interpretación más amplia. Es decir, que cualquier embarazo producto de violación está incluido en esta normativa. "Si la mujer hubiera sido víctima de violación debe declararlo ante el o la profesional de la salud interviniente, quien está obligado a informarla sobre la posibilidad de interrumpir el embarazo, exponiendo la información en lenguaje claro, accesible y adecuado a la comprensión de la consultante", indica el articulado del proyecto de Aranda, que también desestima la obligación del trámite policial. "Los/as profesionales intervinientes, por tratarse de un delito de acción privada, no deben requerir constancia de denuncia policial o judicial, ni ningún otro documento", dice el texto.

La perspectiva del proyecto se basa en el derecho a la salud de las mujeres. "Sería realmente perverso exigirle a una mujer que haga la denuncia de un hecho que no está obligada a denunciar para poder atender a su salud, después de haber sufrido una violencia de la cual el Estado no pudo defenderla. Eso sería denegar nuevamente el derecho a la Salud, a la reparación de la violencia de la cual fue objeto", consideró Aranda en diálogo con Rosario/12.

La situación está expresada con toda claridad en el proyecto: Cuando una mujer cursa un embarazo que pone en riesgo su salud o su vida, o que es producto de violación, los profesionales que la atienden deben hacerle saber que tiene derecho a interrumpirlo. Con esa información, brindada de manera clara y accesible, la mujer podrá decidir. "El objetivo central del proyecto es que no haya demoras o dilaciones", indicó la legisladora. De hecho, la iniciativa establece un plazo no mayor a siete días para efectuar la práctica. El artículo siete también indica que "los abortos no punibles regulados por la presente ley deben ser realizados sin cargo en los establecimientos del sistema público de salud".

Como el Estado debe garantizar tanto el derecho a la salud de las mujeres como el derecho de los profesionales a no actuar contra sus convicciones, la iniciativa indica que todo integrante del equipo de salud "tiene derecho a ejercer objeción de conciencia, la cual deberá estar debida y previamente notificada al servicio de salud en cual desempeña sus funciones". Aclara sin embargo que esa elección médica "no puede obstaculizar el derecho de la mujer a recibir en forma oportuna atención a su salud, especialmente cuando corra riesgo inminente su vida".

La extensa fundamentación del proyecto indica además: "el Código Penal Argentino nos indica los límites exactos de la conducta punible y refuerza los casos específicos donde no existe conducta ilícita, donde no puede haber intervención judicial ni administrativa, donde no interesan las voces públicas ni las de los Comité de Bioética, donde sólo las mujeres decidimos".

Como las autoridades de salud de la provincia, tanto el ministro Miguel Angel Cappiello como la secretaria de Salud, Débora Ferrandini, manifestaron la necesidad de contar con un procedimiento claro para garantizar el derecho de las mujeres que padecen esta situación -y que sufrió una flagrante violación en Mendoza, en septiembre pasado-, Aranda consideró que el proyecto brindará una herramienta "a esta gestión y las que vienen". La iniciativa fue acompañada por Alicia Gutiérrez, del SI, y por todos los legisladores del Partido Socialista, así como algunos de la UCR, el ARI y el Frente para la Victoria.

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Aranda: "El Estado debe garantizar el derecho a la Salud".
 
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