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Viernes, 21 de noviembre de 2008

CORREO

Despidos

Las leyes laborales deben ser un dique de contención eficaz que "blinde" los derechos fundamentales de los trabajadores, máxime en épocas de crisis económica. Esa es una de sus razones de ser de sus orígenes y esencia.

Es inadmisible que en etapas de crecimiento económico "a tasas chinas" las empresas se apropien de buena parte de los frutos del trabajo asalariado y apenas el ciclo económico parece revertirse, los trabajadores se vean expulsados del mercado de trabajo o intimidados con chantaje para permanecer resignados frente a todo tipo de violaciones de las normas laborales y de la seguridad social.

Nos parece acertada como política de Estado (tanto desde el nacional y especialmente desde el provincial) que se libre una "batalla contracultural" ante la cultura empresarial del despido fácil. La situación de los trabajadores debe ser reforzada con carácter de urgencia a través de una normativa que prohíba a los empleadores los despidos sin justa causa por causas económicas específicas y les imponga el deber de reinstalación inmediata del trabajador en su puesto de trabajo.

Se debe avanzar desde el Estado en el definitivo destierro de la estabilidad laboral impropia o relativa. La República Argentina debe, de una vez por todas, ratificar el Convenio Nº 158 de la OIT, que veda al empleador la posibilidad del despido sin justa causa, consagrándose así la estabilidad absoluta o propia, tal como rige -con distintas variantes- en la mayoría de los países que los voceros del poder económico llaman del "primer mundo", aunque acusen a nuestra legislación laboral de "rígida".

Se deben eliminar también todas las formas precarias de contratación laboral, de intermediación anómala (en particular del mal uso de las llamadas empresas de servicios eventuales o similares) y avanzar en un sistema legal de extensión de la responsabilidad solidaria a todos quienes se apropien del fruto de la fuerza de trabajo dentro de un proceso productivo encadenado, para terminar con las tercerizaciones fraudulentas de mano de obra. Se debe cumplir estrictamente con las normas que limitan la jornada de trabajo.

El rol de las organizaciones sindicales es fundamental en estas etapas. La lucha por los puestos de trabajo y por condiciones dignas de labor debería desatarse de cualquier anclaje burocrático y desplegarse mediante distintas medidas legítimas de acción sindical.

Diego Boglioli, presidente

Jorge Elizondo, vicepresidente

Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario

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