16:02 › REFORMA JUDICIAL

Rechazo a un recurso "abstracto" contra los límites a las cautelares

La jueza federal subrogante María Alejandra Biotti denegó un planteo de inconstitucionalidad del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra el nuevo régimen de medidas cautelares en los casos en los que interviene el Estado. Consideró que el recurso no es procedente ante la "inexistencia de 'caso', 'causa' o 'controversia'".

La magistrada, a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5, desestimó "in limine" el planteo del Colegio de Abogados porteño. Explicó en su fallo que "no compete a los jueces hacer declaraciones generales o abstractas, sino decidir colisiones efectivas de derechos"

Añadió que aceptar el planteo "importaría una virtual derogación de esa ley en sede judicial", lo que significaría una "intromisión en la jurisdicción de otros tribunales" que deban eventualmente ejercer el control de constitucionalidad de la norma en un caso puntual en el que sea parte el Estado.

"La declaración de inconstitucionalidad sólo puede ser efectuada frente a casos concretos", insistió Biotti, y remarcó que "los jueces no pueden tomar por sí una ley o cláusula constitucional y estudiarla e interpretarla en teoría". Aclaró, al final de su fallo, que el rechazo al recurso no implica "adelantar juicio ni opinión alguna sobre la constitucionalidad de las normas de la ley 26.854", que limita la duración de las medidas cautelares en las causas en las que interviene el Estado nacional.

La semana pasada ya había habido un rechazo "in limine" ante el primer amparo colectivo, de carácter “preventivo”, que había sido presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra la nueva ley que regula las medidas cautelares y contra la que crea tres nuevas Cámaras de Casación. La presentación del constitucionalista había sido en representación de “todos los habitantes de la Nación que ven amenazado el derecho a la tutela judicial”, pero no fue aceptada por la jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre porque las normas no habían sido publicadas en el Boletín Oficial.

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