23:15 › ENERGíA

La Corte Suprema levantó el embargo contra Chevron

El máximo tribunal hizo lugar de forma unánime a una queja presentada por Chevron Argentina y revocó un fallo de la Justicia Civil que había ordenado el cumplimiento en el país de un embargo dispuesto en Ecuador por más de 19 mil millones de dólares. En el fallo, la Corte tomó en cuenta el dictamen enviado por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien se había pronunciado a favor del levantamiento del embargo. La empresa norteamericana firmó recientemente con YPF una carta-intención para explorar el yacimiento no convencional de Vaca Muerta.

La causa había llegado a la Corte Suprema de Justicia luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmara la sentencia del juez de primera instancia Adrián Elcuj Miranda, de acuerdo al pedido de la Justicia ecuatoriana en el marco de la Convención Interamericana sobre el Cumplimiento de Medidas Cautelares.

El caso comenzó con una la presentación de un grupo de abogados estadounidenses que hizo una presentación en 1993 reclamando una “Acción de clase” a favor de 30.000 residentes de la región de la Amazonia ecuatoriana, presuntamente afectados por cuestiones ambientales relacionadas con la explotación de hidrocarburos, una figura jurídica que no existe en ese país.

El juicio se inició contra la petrolera Texaco, que cesó su actividad en Ecuador en 1992 y que Chevron compró en 2001, por lo que en base a esta temporalidad, entre otras cuestiones, la petrolera sostuvo que no tiene nada que ver con ese reclamo.

El juez Elcuj Miranda dispuso el embargo sobre los activos de la petrolera Chevron, los dividendos y el 40 por ciento de los depósitos bancarios futuros que recibiera la empresa por poco más de 19.000 millones de dólares, al reconocer una medida idéntica de la Justicia ecuatoriana.

En su pronunciamiento en contra de la medida del pasado 22 de mayo, Gils Carbó había considerado que el perjuicio está vinculado con “la política energética y el desarrollo económico del país, así como con las finanzas públicas”.

“El caso reviste gravedad institucional. La traba de un embargo por un monto de 19.021.522.000 de dólares sobre los activos y, en particular, las cuentas bancarias de sujetos que desarrollan una actividad de notorio interés público, como la exploración y explotación de hidrocarburos, puede producir perjuicios irreparables”, resaltó la procuradora en el dictamen no vinculante enviado a la Corte Suprema de Justicia.

En su fallo de esta tarde, los magistrado de la Corte indicaron: "De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora General de la Nación, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada".

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