La agrupación Justicia Legítima expresó su “preocupación” por el fallo en el que, por mayoría, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Guillermo Yacobucci y Carlos Mahíques habilitaron el beneficio de la prisión domiciliaria a un represor bajo la excusa de protegerlo de la pandemia de coronavirus . El colectivo definió la decisión de los camaristas como “simplemente una atenuación de la pena” y “un modo encubierto de consagrar la impunidad”.

Los votos de Mahíques y Yacobucci , integrantes de la sala II de la Casación junto a Alejandro Slokar --que optó por disentir con la opinión de sus colegas--, “usaron el coronavirus como argumento para satisfacer el pedido del genocida” Lucio Nast, condenado a más de 20 años de cárcel por su participación en crímenes de lesa humanidad en Rosario, denunciaron desde Justicia Legítima a través de un comunicado. 

“En rigor, ninguna de las patologías alegadas (por la defensa de Nast) son casos de comorbilidad” esgrimidos para definir si alguien integra o no el grupo de personas en especial riesgo de contraer el virus además de la cuestión etaria --que Nast cumple, ya que tiene más de 60 años--, continuaron. 

Así, en su caso, el riesgo remarcado por los casadores “no es mayor a cualquier ciudadano en libertad”, postularon desde la agrupación para repudiar la resolución que, advirtieron, puede traer cola. “Los argumentos de humanización no son más que ropajes jurídicos que, en rigor son simplemente una atenuación de la pena, lo que configura un modo encubierto de consagrar impunidad y que en delitos de lesa humanidad resulta moralmente inadmisible”.

En el comunicado, el colectivo de jueces, fiscales y efectores judiciales que se unieron a mediados de 2013 para bregar por una reforma del Poder Judicial que apuntalara su “democratización”, remarcaron que “no hay razones de ningún tipo que justifiquen la atenuación de la pena” en crímenes contra la humanidad como los cometidos por Nast. En ese sentido, rescataron el voto de Slokar, que se decidió por rechazar el beneficio solicitado por la defensa del represor, y concluyeron: “La historia hablará de cada uno de los jueces. Nuestro rechazo es un imperativo moral insoslayable frente al inclaudicable compromiso de memoria que asumimos como sociedad”.

El viernes pasado, a cargo del tratamiento de expedientes durante la feria extraordinaria dictada al calor del aislamiento preventivo, social y obligatorio ordenado por el Gobierno nacional, Mahíques y Yacobucci habilitaron a Nast, un ex policía que actuó en el Servicio de Informaciones de la Policía de Rosario durante la última dictadura, a abandonar su celda individual en el penal de Ezeiza y continuar su condena en la casa de su hija.

La decisión fue repudiada por el fiscal federal Adolfo Villate y agrupaciones de derechos humanos locales, como H.I.J.O.S y la Asamblea Permanente Por los Derechos Humanos, que lo compararon con el 2x1 que intentó aplicar la Corte Suprema para condenados por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. La semana próxima, la Casación deberá opinar sobre pedidos similares realizados por genocidas que actuaron en la Esma. Los expedientes de Alfredo Astiz, Adolfo Donda y Antonio Pernías, entre otros, ya descansan en los escritorios de los casadores.