La Justicia federal de Salta dispuso un nuevo procesamiento contra el empresario Marcos Jacobo Levín por el secuestro y las torturas a un sindicalista y su hijo en 1977. La resolución abarca también al ex comisario inspector Víctor Hugo Almirón, que igual que Levín fue condenado en 2016 por los mismos delitos contra otro trabajador y delegado sindical, y al ex oficial Hugo Faustino Aillón. El caso del propietario de La Veloz del Norte, junto con el de los ex directivos de Ford Héctor Sibila y Pedro Müller, son las excepciones que confirman la regla de la impunidad entre los empresarios que se valieron del terrorismo de Estado para deshacerse de delegados o activistas molestos.

La denuncia que derivó en el procesamiento la presentó hace tres años ante la Fiscalía Federal 2 de Salta el hijo del gremialista de la empresa de Levín, que era el propietario mayoritario de empresa que dominaba el transporte de larga distancia en el NOA. Contó que el 21 de agosto de 1977 fueron abordados por un grupo de policías uniformados, que los detuvieron y los llevaron a los talleres de “La Veloz del Norte”. Allí, sin explicarle siquiera la causa de la detención, su padre fue golpeado y torturado por varios policías, incluido uno de apellido Figueroa, recordó. Después de la golpiza los trasladaron a la comisaría cuarta, donde funcionó un centro clandestino durante la última dictadura.

A partir de los testimonios y evidencias recolectados por el fiscal general Carlos Amad, la jueza federal subrogante Mariela Alejandra Giménez consideró probada “la concreta y real existencia de la privación de la libertad corporal que sufrieran padre e hijo” y dispuso los procesamientos de Almirón, que era el jefe de la comisaría cuarta, como autor mediato de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados, en tanto Levín y Aillón fueron procesados como partícipes secundarios. Además les dictó embargos hasta cubrir la suma de 500 mil pesos, según detalló el portal Fiscales.

Levín era “el dueño y responsable de lo que sucedía en las instalaciones de su empresa, donde se llevó detenido a una de las víctimas y donde se le aplicaron tormentos, lo que no habría podido cometerse sin expreso conocimiento y/o autorización del dueño”, destacó la magistrada. Fundamentó la afirmación en las numerosas declaraciones testimoniales que señalan que el empresario operaba en complicidad con la policía en las torturas a sindicalistas.

“Los empresarios perseguían porque no querían sindicalistas”, citó a un testigo de otra de las causas contra el empresario. “Cuando Levín asumió la presidencia de Festap (Cámara de Empresarios de Transporte) (…) empiezan los ‘aprietes’ a través de los comisarios que servían a los empresarios. Había que torturar a los dirigentes para evitar que le faltasen el respeto, que les reclamaran sobre horas extras y en definitiva había que anular la actividad gremial”, explicó. La jueza consideró acreditado el vínculo estrecho de Levín con los policías de la comisaría cuarta y también que “aportó las instalaciones de su empresa para la perpetración de los hechos delictivos aquí investigados”.

Levín fue condenado hace cuatro años por el secuestro y las torturas de Víctor Cobos. Los mismos delitos padecieron otros choferes y azafatas a los que acusó ante las represivas y cuyas torturas presenció, aunque a juicio oral sólo llegó el caso de Cobos, que era delegado gremial. La Cámara de Apelaciones de Salta benefició al empresario la interpretar que contra el resto de trabajadorxs sólo había cometido delitos comunes, no de lesa humanidad, y que por ende estaban prescriptos. En 2017 la Cámara de Casación anuló la condena por considerar que los delitos contra Cobos fueron en el marco de una disputa personal y patrimonial y no de la represión sistemática del terrorismo de Estado. La palabra final la tendrá, en caso de dignarse a tomar la causa, la Corte Suprema de Justicia.