El Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires promulgó este jueves la Ley N° 15.402 de "Alcohol Cero", que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para conductores de todo tipo de vehículos que circulen en todo el distrito.

La normativa, publicada en el Boletín Oficial, contempla penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir a quienes hayan incumplido la prohibición de manejar después de haber bebido alcohol.

Asimismo, la ley que fue aprobada en diciembre pasado en la legislatura bonaerense, estipula la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

De esta manera, se eliminó el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre, que regía hasta mediados de diciembre de 2022 y además prohibía circular después de haber consumido alcohol.

Así, la provincia de Buenos Aires se suma así a otros once distritos, que también implementaron el Alcohol Cero al volante.

Alcohol Cero: en qué provincias rige

  • Provincia de Buenos Aires
  • Chaco
  • Chubut
  • Córdoba
  • Entre Ríos
  • Jujuy
  • La Rioja
  • Río Negro
  • Salta
  • Santa Cruz
  • Tierra del Fuego
  • Tucumán

Alcohol Cero: cuáles son las penas para quienes incumplan la ley

Quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.

Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses.

En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre.

Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

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