Amancay Diana Sacayán nació el 31 de diciembre de 1975 en la provincia de Tucumán, pero pronto la familia se trasladó a la localidad de Gregorio Laferrere en el Partido de la Matanza, provincia de Buenos Aires. Durante su juventud fue víctima de violencia institucional debido a la persecución sufrida en razón de su identidad de género, por parte de las fuerzas policiales, dado que en aquella época, la identidad trans era considerada un delito. Sacayán se acercó al Partido Comunista (PC) en la cárcel, comenzando así un activismo que mantuvo incesante hasta sus últimos días.

Para entender la militancia de Diana, antes hay que tener en cuenta la discriminación y criminalización que padece el colectivo travesti-trans en la Argentina. Esta discriminación se torna la causa de todas las violencias que atraviesa a ese colectivo, quitándoles derechos como el acceso a la educación, a la salud, a un trabajo formal. Sacayán luchó con ímpetu para mejorar su vida y la de sus compañeras. Así fue como formó parte del Programa de Diversidad Sexual del INADI, dirigió la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA) y fundó el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL). Además, integró el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género y fue la primera travesti en recibir su DNI con la inscripción del género femenino.

En cuanto a los alcances de su activismo, consiguió que se respetara el nombre de la identidad de género autopercibida en todos los hospitales y centros de salud, a través de la sanción de la Resolución N.º 2359/07 del Ministerio de Salud del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Además, estuvo presente en proyectos de atención a la salud, incluidos los de consultorios médicos exclusivos para la población trans. En relación con el derecho a la educación, coordinó un programa para que sus compañeras retomaran los estudios.

Su mayor logro fue promover la sanción de la Ley de Cupo Laboral Trans que establece que “(…) el Sector Público de la Provincia de Buenos Aires debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento (1 %) de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”. De esta Ley provincial, surge el reciente Decreto N.° 721/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández, en el que se establece el cupo trans a nivel nacional. Actualmente, se encuentra en la Cámara de Diputados un proyecto para que el cupo laboral trans sea ley.

Por su parte, Diana no pudo ver la trascendencia ni los resultados de estas medidas, porque fue asesinada el 11 de octubre de 2015. La autopsia estableció un total de 27 lesiones en su cuerpo, y hemorragias internas y externas como causal principal de su muerte. Durante el ataque fue golpeada, atada de manos y pies, amordazada y apuñalada con un arma blanca. En 2018 uno de los perpetradores del asesinato, Gabriel David Marino, fue condenado por el delito de homicidio calificado por odio a la identidad de género y por haber mediado violencia de género. De esta manera, el fallo en el caso de Diana Sacayán se convirtió en el primero en el país en incluir el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal que establece un agravante a los homicidios cometidos “por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

Sin embargo, en octubre del 2020 la Cámara de Casación confirmó la condena de Marino, pero solo por el agravante de violencia de género y quitó la figura de travesticidio. El abogado Juan Kassargian, representante de la querella por parte del INADI, contó:

La lucha por el caso de Diana Sacayán continuará. Todavía se encuentra en etapa de investigación la participación de otra persona en el asesintato que no ha podido ser identificada. Y, por supuesto, toda la comunidad estará a la espera de que la Corte Suprema revise el fallo de Cámara y vuelva a incluir la figura de travesticidio, porque de lo contrario se sumaría un eslabón más en la cadena de violencias: el de no reconocer en una sentencia el nombre de esa muerte y de todas esas muertes