Este 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones 2023. Para los residentes en Palpalá, Jujuy, la información sobre su lugar de votación está accesible en el padrón electoral.
Elecciones a presidente 2023: cómo sé dónde voto
¿Cómo saber dónde voto por nombre y apellido?
La Cámara Nacional Electoral inauguró un sitio en Internet donde los electores pueden enterarse de en qué lugar votar en Palpalá, Jujuy. En este portal obtienen el nombre y la ubicación del establecimiento en el que votan, el número de la mesa asignada para sufragar y el número de orden en el que se encuentran en el padrón electoral. Se recomienda concurrir a votar con esta información porque agiliza el trámite y reduce las demoras.
¿Es obligatorio votar?
El voto es obligatorio. Los que no vayan a votar tienen que justificar por qué no fueron. Quienes no justifiquen su ausencia tienen que abonar una multa. Pueden votar los treinta y seis millones de electores que aparecen en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera los documentos autorizados para sufragar.
Documentos permitidos para la votación
Los documentos válidos para votar son
- Libreta Cívica
- Libreta de Enrolamiento
- DNI verde
- DNI celeste
- DNI tarjeta
El ejemplar del documento debe ser el mismo o más reciente que el que figura en el padrón electoral. No está permitido el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos que presenten el “DNI en su celular”.
¿Es obligatorio votar?
El voto es obligatorio. Quienes no cumplan con esa disposición deberán justificar por qué no fueron. Aquellos que no lo hagan deberán pagar una multa.
Están habilitados para votar los 36 millones de electores que figuran en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos permitidos para sufragar.
Por qué hubo balotaje
Sergio Massa y Javier Milei fueron a un balotaje porque en las generales del pasado 22 de octubre se dio el escenario de segunda vuelta que plantea la Constitución. Los artículos 97 y 98 de la Carta Magna establecen que el presidente y el vicepresidente de la Nación resultarán electos siempre y cuando obtengan más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos o cuando superen el 40% y le saquen una diferencia mayor a 10 puntos porcentuales respecto del total de los sufragios conseguidos por la fórmula que queda en segundo lugar.
Si no se cumple ninguno de esos dos requisitos, se prevé la realización de la segunda vuelta, en la que solo participan las dos fórmulas con mayor cantidad de votos en la primera instancia de los comicios generales.
En esa instancia, la dupla que obtenga la mayor cantidad de votos afirmativos válidamente emitidos –sin importar cuál sea la diferencia con la otra fórmula– será la ganadora y sus candidatos resultarán electos como presidente y vice.
Qué muestran los mapas interactivos de Página/12
En los mapas interactivos de Página/12 se reflejarán en tiempo real los votos del balotaje que define quién será el próximo presidente. Las diferentes vistas permiten ver el reparto de sufragios entre Sergio Massa y Javier Milei en cada distrito del país.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
Este domingo 19 de noviembre es el balotaje. Las personas mayores de 18 y menores de 70 años que no cumplan con el deber cívico de votar, y no puedan justificar su ausencia, deben pagar multas que van desde los $50 hasta los $500, según lo establecido por el Código Nacional Electoral en su artículo 125, en el apartado "faltas electorales".
Los ciudadanos que no paguen esa multa quedan registrados como infractores, lo que implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.