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Todos los detalles del plan de salida del corralito

Finalmente se conoció el cronograma y las particularidades fijadas por el Gobierno para ordenar el larguísimo camino de salida de los depósitos atrapados en el corralito. También se comunicaron los límites de la pesificación de los créditos en dólares de acuerdo con el uso a que estaban destinados los préstamos. Cómo funcionarán los bancos de ahora en más.

@Después de prolongar la incertidumbre por varios días, el Gobierno y el Banco Central entregaron ayer el cronograma de devolución de depósitos encerrados en el corralito y cómo será la pesificación de los créditos. A continuación, todos las precisiones:
¿Qué pasará con las cajas de ahorro en pesos?
u De la cuenta sueldo, se podrán extraer 1500 pesos por mes, incluso de una sola vez. En caso de no retirarse el total, el saldo se acumula al disponible en el mes siguiente.
u De las cajas de ahorro comunes se podrán sacar 300 pesos semanales, con un límite de 1200 mensuales. Los retiros no efectuados durante una semana se acumularán indefinidamente para poder ser retirados en las semanas posteriores.
u No se computará como retiro en efectivo las operaciones por ventanilla para pagar, en ese mismo momento y por igual monto, impuestos, tasas, contribuciones y servicios públicos.
¿Qué pasará con las cajas de ahorro en dólares?
u Los saldos que superen los 3000 dólares serán pasados a plazo fijo en la misma moneda. Sin embargo, la última resolución que emitió anoche el Banco Central omite este punto, que aparecía en una comunicación previa del Ministerio de Economía.
u No se podrán sacar dólares por caja de ahorro.
u Hasta el 15 de febrero próximo, los ahorristas tendrán la opción de convertir a pesos los saldos de hasta 3000 dólares, a una paridad de 1,40, y transferir el dinero a cualquier cuenta en pesos. Por ejemplo, de transferirse 2000 dólares, se acreditarán 2800 pesos, que podrán ser recuperados con el límite de 300 pesos semanales y 1200 mensuales.
¿Cómo quedan las cuentas corrientes en pesos?
u El sistema de extracción de efectivo es igual que el de las cajas de ahorro en pesos: 300 semanales, con un límite de 1200 mensuales, y con sumas acumulativas.
u No se computará como retiro en efectivo las operaciones por ventanilla para pagar, en ese mismo momento y por igual monto, impuestos, tasas, contribuciones y servicios públicos.
¿Y las cuentas corrientes en dólares?
u Los saldos por encima de 10 mil dólares serán transformados en plazos fijos en igual moneda.
u Las empresas y demás personas jurídicas tienen la opción de transferir la totalidad del saldo a una cuenta corriente en pesos, a la paridad de 1,40. O regirse bajo la norma general, de conversión en plazo fijo del monto que exceda los 10 mil dólares.
u De los saldos inferiores a 10 mil dólares, se podrán retirar 500 en efectivo por mes.
u Los que quieran pesificar sus saldos menores a 10 mil dólares podrán hacerlo, a una paridad de 1,40. Y transferir el dinero a cualquier cuenta en pesos, en las que regirán las restricciones explicadas más arriba.
¿Cómo se devolverán los plazos fijos en pesos?
u Hasta 10 mil, en 4 cuotas a partir de marzo.
u Entre 10 mil y 30 mil, en 12 cuotas a partir de agosto.
u Superiores a 30 mil, en 24 cuotas a partir de diciembre.
u La medida alcanza a todos los plazos fijos vencidos y a vencer.
¿Cuál será la tasa de interés?
u Para los plazos fijos en pesos, del 7 por ciento anual, sobre saldos.
u Se pagarán mensualmente, en efectivo, incluso durante el período que transcurra hasta el vencimiento de la primer cuota.
¿Cómo se devolverán los plazos fijos en dólares?
u Hasta 5 mil, en 12 cuotas a partir de enero de 2003.
u Entre 5 mil y 10 mil, en 12 cuotas a partir de marzo de 2003.
u Entre 10 mil y 30 mil, en 18 cuotas a partir de junio de 2003.
u Más de 30 mil, en 24 cuotas a partir de setiembre de 2003.
¿Cuál será la tasa de interés?
u Para los plazos fijos en dólares, del 2 por ciento anual, sobre saldos.
u Se pagarán mensualmente, en efectivo, incluso durante el período que transcurra hasta el vencimiento de la primer cuota.
¿De ahora en más, será posible realizar depósitos en dólares?
u Sólo en plazo fijo y a tasa libre. Se prohíbe la apertura de cajas de ahorro y cuentas corrientes en esa moneda.
¿Podrán abrirse cuentas en pesos?
u Sí, podrán constituirse cuentas corrientes, cajas de ahorro y plazos fijos a tasa libre. Este dinero no tendrá ninguna restricción en su uso.
¿Alguien que tiene más de una caja de ahorro en pesos, podrá extraer 1200 mensuales de cada una de ellas?
u No, porque los límites de extracción se computan por titular y no por cuenta.
¿De recibir un giro del exterior en dólares, su beneficiario puede extraer el dinero totalmente en efectivo?
u Sí, en este caso, no rigen los límites del corralito. Esto es tanto para particulares como para empresas, salvo en el caso de cobro de exportaciones.
¿Qué pasará con los plazos fijos constituidos por las AFJP?
u Tendrán un tratamiento particular. La idea del Gobierno es que las AFJP sigan utilizando los plazos fijos que administran para comprar bonos estatales (Letras de Tesorería).
¿Cómo funcionará el nuevo “dinero” bancario?
u El Gobierno resolvió crear nuevos medios de pago con el dinero de los plazos fijos cautivo en el corralito. Cada titular de los depósitos tiene la opción de pedir cupones por el monto de cada cuota que tiene para cobrar. Y utilizar esos cupones para comprar todo tipo de bienes, pero no las facturas de los servicios públicos ni impuestos. El ahorrista puede solicitar una subdivisión del monto de la cuota en cifras inferiores. En Economía reconocen que difícilmente los cupones vayan a ser tomados a valor nominal. Seguramente se creará un mercado de compra-venta de cupones.
¿Cómo será la pesificación de los créditos?
u En todos los casos, es a la paridad un peso igual a un dólar.
¿Cuáles entran y en qué condiciones?
u Los hipotecarios de hasta 100 mil dólares. Es para los créditos contraídos por personas físicas y que tengan como destino la compra y/o construcción de vivienda única y familiar.
u Los hipotecarios de hasta 30 mil dólares que tengan como destino la refacción de vivienda única y familiar.
u Los créditos prendarios de hasta 15 mil dólares para la compra de autos y vehículos livianos de hasta 1500 kilos de carga.
u Los créditos prendarios de hasta 100 mil dólares para la adquisición de vehículos de transporte y pasajeros.
u Los créditos personales destinados al consumo de hasta 10 mil dólares. En cuanto a los créditos personales que no hayan tenido como destino el consumo, los topes para determinar la pesificación serán establecidos por el Banco Central
u Los créditos hasta 100 mil dólares tomados por las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos para ser considerados dentro de la categoría de micro, pequeña y mediana empresa.
¿Qué ocurrirá con las deudas en dólares que no se pesifican?
u Serán recalculadas reduciendo la tasa de interés y extendiendo el plazo de cancelación del crédito. Todavía no se informó cómo se fijarán esas nuevas tasas y plazos.

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