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La Cámara Nacional en lo Civil dictaminó que los honorarios que un litigante había pactado con sus abogadas en dólares pueden ser cancelados en pesos a la cotización oficial. El tribunal revocó así un fallo de primera instancia. El individuo que había acordado pagarles 16.600 dólares a sus letradas declaró que no tenía ese monto y que la AFIP no lo autorizaba a adquirir esa cantidad de divisas. Los camaristas rechazaron el pedido de que el deudor recurra al mercado ilegal de cambios para conseguir esos fondos ya que la falta de intervención estatal en la determinación de ese valor impide considerarlo una pauta válida.

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