EL MUNDO › DECLARARON INCONSTITUCIONAL LA ACCION AFIRMATIVA

Blanco sobre negro en EE.UU.

Por Javier del Pino*
Desde Washington

La discriminación positiva en las universidades, diseñada para aumentar el número de estudiantes de grupos étnicos minoritarios, llegó nuevamente a la Corte Suprema de EE.UU., como culminación de una demanda presentada en su origen por dos estudiantes. En 1997, la Universidad de Michigan, que posee una de las facultades de Derecho más prestigiosas del país, denegó la solicitud de Jennifer Gratz y Barbara Grutter. Ambas demandaron a la universidad porque consideraban injusto que sus solicitudes fueran denegadas mientras se aceptaban otras de estudiantes de razas minoritarias con peor expediente académico que ellas.
La Facultad de Derecho emplea un sistema de puntuación para determinar qué alumnos son admitidos cada año. En una escala de 150 puntos, hacen falta aproximadamente 100 para lograr la admisión. Cualquier estudiante negro, latino, nativo-americano o de cualquier otra raza minoritaria recibe 20 puntos sólo por el color de su piel, independientemente del nivel académico. Ahora la Corte Suprema, por 6 votos contra 3, establece que ese sistema de puntuación automática es inconstitucional, pero al mismo tiempo (por sólo 5 votos contra 4) reafirma la necesidad de favorecer la presencia de minorías raciales en las aulas universitarias. Son dos sentencias complejas y controvertidas que, según las primeras interpretaciones jurídicas, dejan la cuestión en el mismo nivel de controversia en el que estaba.
Básicamente, los jueces establecen que la discriminación positiva hacia los miembros de minorías raciales no debe ser automática sino basada en cada expediente, como hacen los rectorados de otras facultades en la misma Universidad de Michigan. La Facultad de Derecho alegaba que el volumen de solicitudes que recibe cada año (25.000 para sólo 5200 plazas) complicaba el sistema de admisión. Decidieron establecer una tabla de puntuaciones que permitía determinar automáticamente los alumnos que merecían la admisión. Los 20 puntos que se concedían por pertenecer a una minoría son más de los que recibían los candidatos por algunos de sus logros académicos preuniversitarios. La Corte establece que ese sistema es inconstitucional porque va en contra de la igualdad de oportunidades.
*De El País de Madrid. Especial para Página/12.

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