EL PAíS › UN FALLO SOBRE LAS ELECCIONES

La Cámara dijo “sí”

La Cámara Nacional Electoral ratificó el fallo que rechazó una acción de amparo promovida contra la validez de las reformas a la Ley de Acefalía y la convocatoria a elecciones para el próximo 27 de abril. Los camaristas Santiago Corcuera, Rodolfo Munné y Alberto Dalla Vía, como lo hizo en su momento la jueza federal María Servini de Cubría, sostuvieron que el letrado Ricardo Monner Sans carece de un requisito formal: la legitimidad activa, o sea, la posibilidad de reclamar a nombre propio.
Al apelar la resolución, el letrado había expresado su convicción sobre la violación a la Constitución nacional que exige un intervalo de un período de cuatro años para los cargos de presidente y vicepresidente, requisito que eventualmente no cumpliría el ex presidente Carlos Menem. Servini de Cubría había desestimado el amparo de Monner Sans sin expedirse sobre el “fondo de la cuestión” planteado. Tras conocer ese fallo el apoderado del Senado de la Nación, Juan Carlos Salerni, solicitó que a Monner Sans se le impongan las costas judiciales por haber perdido en primera instancia, pero la Cámara rechazó esa pretensión. En su resolución, la Cámara Electoral destacó que “la nulidad planteada resulta sustancialmente inadmisible”, al sostener que el abogado “no ha demostrado la relación existente entre la norma atacada y el riesgo de que se le ocasione una lesión que, por otra parte, no define”.

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