EL PAíS › OPINIóN

El vocabulario de la Triple A

 Por Martín Granovsky

El presidente de la Asociación de Magistrados tiene tanta irritación que ayer atrasó 40 años. Ricardo Recondo denunció que hay un sector del Gobierno “infiltrado” en el sistema judicial. Hablaba de Justicia Legítima, la organización de jueces y fiscales que preside la camarista María Laura Garrigós de Rébori e integran, entre otros, el juez de Casación Alejandro Slokar, la procuradora Alejandra Gils Carbó y el fiscal Félix Crous. Ninguno de ellos, por tomar sólo esos cuatro casos, pertenece al Gobierno aunque pueda simpatizar con algunas de sus políticas.

Según la Real Academia Española, “infiltrado” significa “persona introducida subrepticiamente en un grupo adversario, en territorio enemigo”.

Slokar fue secretario de Política Criminal, o sea que cometió el pecado de haber pertenecido al Gobierno. Pero entre el Poder Ejecutivo y el Judicial hubo un intervalo largo. Y además el ingreso a la Casación fue por un concurso que nadie cuestionó porque no fue subrepticio, es decir que no se trató de algo que “se hace o toma ocultamente y a escondidas”.

La procuradora Alejandra Gils Carbó fue propuesta al Senado por el Gobierno. Si eso es infiltración habrá que denunciar la complicidad o la distracción de senadores y oficialistas y opositores que reunieron los dos tercios para prestar su acuerdo.

El problema de la palabra “infiltrado”, sin embargo, no viene de las acepciones ofrecidas por la Real Academia sino por el uso que le daba José López Rega, secretario privado de Juan Perón e Isabel Perón, ministro de Bienestar Social entre 1973 y 1975, miembro de la organización fascista con sede en Roma Propaganda Dos y fundador del escuadrón parapolicial Triple A.

En esos años la calificación de “infiltrado” equivalía a la de “subversivo” o “marxista” y podía terminar en la condena a muerte.

Sin renegar de esos conceptos comunes a la Doctrina de la Seguridad Nacional, que veía enemigos adentro, en 1976 la dictadura perfeccionó la represión, la amplió y le dio una dimensión sistemática.

Para hacer una mínima justicia histórica, militantes del Frente de Izquierda Popular que orientaba Jorge Abelardo Ramos recuerdan que uno de los abogados más valientes en la defensa de presos políticos y la búsqueda de secuestrados fue Luis María Cabral, el subrogante de la Casación desplazado por el Consejo de la Magistratura el mes pasado y convertido últimamente en bandera por los magistrados conservadores.

En cambio, dirigentes como los que lideraban la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa, Carbap, apoyaron y entusiasmaron a los generales, almirantes y brigadieres. Uno de ellos fue Juan Pedro Merbilhaa.

Ayer el ex miembro del Consejo de la Magistratura Alejandro Fargosi, integrante de uno de los grandes estudios de la Argentina, pidió que la Corte declarase inconstitucional las leyes de reforma del Consejo de la Magistratura y de Subrogancia. Y citó a su gurú: “Ya alertó Juan Pedro Merbilhaa, en marzo, que estábamos ante el preaviso de un golpe de Estado para reemplazar a algunos integrantes de uno de los tres poderes, los jueces, violando la Constitución”.

En rigor, Merbilhaa en su escrito de marzo decía que el Gobierno no había pasado “de la agresión verbal, aunque ésta persista y por momentos se inflame”. Y luego sí planteaba el escenario de un golpe. El texto entero puede leerse haciendo click en http://bit.ly/1dKzDJ1. Lo sustancial figura en dos párrafos. Conviene que el lector se arme de paciencia, porque el idioma es enrevesado, pero vale la pena leerlos completos. Escribió Merbilhaa: “Para que el conflicto se convierta en un ‘golpe de Estado’ desde dentro del Estado, sólo falta algún acto del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo (ambos son hoy la misma cosa, lo que exhibe nuestra ausencia republicana) que ‘formalmente’ configure un ataque al Poder Judicial o una intromisión en sus potestades. Bastaría una ley, por ilegítima que fuere (como tantas de las hoy vigentes) o un acto administrativo dictado con abuso potestativo (como los tantos que sufren los particulares en el ejercicio de sus actividades) para que se pase ‘de’ la circunstancia actual de conflicto explícito, ‘a’ una situación legal y legítimamente insoluble. Más allá de la reacción del avasallado o de la ciudadanía, se habría configurado la condición objetiva de un golpe de Estado (en el Estado, dentro del Estado), sin vías constitucionales de salida”.

Y continuaba de este modo: “Sea que se produzca una reacción ante ello (lo cual llevaría las cosas al terreno de los hechos, ya que no habría salida posible dentro del derecho) o resulte que el Poder u órganos afectados (ni nadie por ellos) haga nada, aceptando de hecho su ‘capitis deminutio’, estaríamos ante una alteración institucional y un quebrantamiento expreso del orden constitucionalmente consagrado, y aquel que sin pertenecer al gobierno lo denunciara o quisiera resolverlo, cargaría con el costo político de ser señalado como el autor material del golpe, dándole al gobierno la oportunidad de victimizarse, papel que le encanta representar en alternancia con su soberbia innata, el atropello y un heroísmo que sólo él ve en sus propios actos”.

Parece un plan.

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