EL PAíS › TRES JUECES A FAVOR DE LAS LEYES DE IMPUNIDAD

Un fallo a regañadientes

 Por Victoria Ginzberg

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de cuatro represores que actuaron en el centro clandestino de Campo de Mayo. Sin embargo, en el fallo los jueces Hugo Fossati, Jorge Barral y Narciso Lugones dejaron sentada su posición contraria a la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Distintos abogados y ex detenidos desaparecidos manifestaron su preocupación sobre la decisión. “En nuestra Justicia siguen existiendo nichos de impunidad que avalan el terrorismo de Estado”, dijeron.

El fallo de la Cámara de San Martín, firmado el 30 de enero pasado, confirma el procesamiento de los oficiales Raúl Horacio Harsich y César Amadeo Fragni, del ex director de la Escuela de Infantería, Osvaldo Jorge García, quien estuvo a cargo del área de Vicente López, y de Alberto Angel Aneto, que trabajaba en la comisaría de Villa Martelli. Todos están acusados de privación ilegal de la libertad, tormentos, robo agravado y allanamientos. El juez Alberto Martín Suárez Araujo había ordenado detenerlos en septiembre del año pasado. La Cámara no se opuso a esa medida, pero informó que sólo lo hacía por “obediencia”.

“El Tribunal entiende imprescindible señalar que en el tratamiento de las cuestiones propuestas, en virtud del deber de acatamiento de los fallos del superior, se ve obligado a observar los lineamientos trazados por la Sala II de la Cámara de Casación Penal”, señalaron los jueces. El fallo de Casación aludido también fue firmado a regañadientes, en base a la decisión de la Corte Suprema de ratificar la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. A pesar de admitir que debían respetar las medidas tomadas por el máximo tribunal, Fossati, Barral y Lugones recalcaron que ellos opinaban que las leyes de impunidad debían seguir siendo válidas.

“Los términos del fallo generan una gran preocupación a los que buscamos verdad y justicia, porque evidencia que la Cámara Federal de San Martín disiente tanto de la doctrina emanada de la Corte Suprema como así también de la jurisprudencia internacional en relación con el tratamiento jurídico que se debe dar a los crímenes de lesa humanidad”, señalaron, entre otros, los abogados Flavia Fernández Brozzi, Adrián Gómez, Mónica González Vivero, Luz Palmas Zaldua y Rodolfo Yanzón y un grupo de sobrevivientes de los centros clandestinos de la última dictadura.

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