EL PAíS › OPINIóN

¿Hasta cuándo?

 Por Ricardo Mendaña *

Una vez más, la sociedad argentina se ve conmovida por la absoluta incapacidad de la Justicia penal para responder a las demandas sociales de tutela judicial a las víctimas de delitos y a la vez respetar los principios y garantías que establecen la Constitución y las leyes.

La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal de dejar en libertad a varios represores que actuaron en la ESMA durante la última dictadura militar es una nueva muestra de la impunidad estructural de los delitos que afectan gravemente a nuestra sociedad. Sin embargo, no debe pensarse que esta nueva derrota del imperio de la ley fue producida por esa decisión, sino que debe meditarse sobre las causas que llevan a esta situación.

No parece contrario a la Constitución que se ponga fin a encierros que han durado más de un lustro sin juicio previo. Lo verdaderamente inadmisible es que los procesos contra los autores de tan atroces crímenes se dilaten durante tantos años, sin que los fiscales y jueces se hagan cargo de su morosidad en llegar al juicio. No hay excusas para tamaña dilación y la historia judicial argentina demuestra que, cuando hubo decisión, se pudo proceder con celeridad: el juicio a las tres primeras juntas militares demandó poco más de siete meses y su investigación y trámite preliminar fue de poco más de un año. Si el proceso más complejo de la historia argentina pudo completarse en menos de dos años, ¿por qué casi un cuarto de siglo después tenemos, por los mismos hechos, imputados presos durante más de cinco años sin que siquiera se haya puesto fecha al juicio?

En las dos décadas que transcurrieron desde entonces, todos los países de América latina (incluidas varias provincias argentinas) vienen implementando reformas integrales a sus sistemas penales, en procura de que el enjuiciamiento y castigo de los autores de delitos se vuelva eficiente y al mismo tiempo respetuoso de los derechos humanos. Mucho se ha avanzado en este sentido, pero la Justicia federal y nacional se resiste a la modernización. Cada vez que se ha intentado reformar el ineficiente e inconstitucional proceso penal regulado por el Código Levene, vigente desde 1993, han sido los propios operadores judiciales los principales opositores al cambio. Ni siquiera los contundentes fallos de la Corte Suprema que pusieron en crisis el sistema han conmovido la posición reaccionaria al cambio de la mayoría de los jueces y fiscales del fuero, y de quienes desde sectores de la Academia y en consenso con ellos lograron bloquear en el Parlamento todas las iniciativas que alcanzaron estado parlamentario.

¿Hasta cuándo va a seguir sosteniéndose un sistema penal caduco, que sólo sirve para llenar las cárceles de pobres infelices (la mayoría de los cuales también pasan años detenidos sin juicio previo), mientras los peores delincuentes gozan de impunidad en procesos inacabables?

Desde Inecip alertamos a la ciudadanía sobre esta situación, que promoverá –como antes lo ha hecho– nuevos intentos de utilizar una situación vergonzosa e inadmisible (presos durante mucho más de dos años sin siquiera fecha de juicio) para promover parches (alargamiento de los plazos, multiplicación del número de oficinas judiciales y fiscales ineficientes, reducción de las garantías procesales) cuyo único efecto es el de empeorar las disfunciones del sistema penal.

Inecip y otras instituciones del sector Justicia están en condiciones de ofrecer todo el respaldo técnico que requiera la adopción de soluciones coyunturales para saldar en breve plazo una deuda histórica de justicia que aún mantiene el Estado para con las víctimas y la comunidad toda.

Pero creemos más en las soluciones de fondo: pedimos la urgente discusión parlamentaria de la reforma del sistema penal federal que lleve no sólo a la sanción de un Código Procesal moderno y acorde con la Constitución (como el que hace ya cuatro años propuso Inecip), sino además a la completa reingeniería de los Tribunales y Ministerios Públicos. Una reforma integral permitirá poner la investigación penal y la acusación a cargo de un Ministerio Público Fiscal comprometido con los intereses de la sociedad, así como también dará lugar para definir criterios de oportunidad y lineamientos estratégicos para la investigación de delitos complejos, promover la utilización de medios alternativos para la resolución de los conflictos, otorgar mayores potestades para las víctimas de delitos, abreviar los plazos procesales, establecer un sistema de juicio por jurados para los delitos de mayor gravedad y avanzar en la creación de una policía de investigaciones, entre otras medidas necesarias para garantizar un juzgamiento rápido, oral y público como manda nuestra Constitución.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en una acordada del día 29 de diciembre sobre los procesos judiciales por delitos de lesa humanidad, declaró “que debe reconocerse un factor de demora permanente, constituido por un proceso penal que mantiene una instrucción judicial lenta, extremadamente formalista y plagada de oportunidades dilatorias, que afecta el juzgamiento de todos los delitos y no sólo de los concernientes a crímenes contra la humanidad, pero cuya considerable inidoneidad se evidencia en mayor medida en cualquier proceso de alta complejidad”. Es tiempo de que los tres poderes del Estado converjan para avanzar desde este reconocimiento hacia un plan efectivo de reforma.

* Director ejecutivo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip)

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