EL PAíS › HASTA $ 400 DE MULTA PARA PROSTITUTAS Y TRAVESTIS

Castigo a la oferta de sexo

Por E. V.

La oferta y demanda de sexo en la vía pública será castigada por el nuevo Código Contravencional si se produce a menos de 200 metros de viviendas, escuelas o templos, lo que incluye prácticamente toda la ciudad, con excepción de los grandes espacios verdes y lugares apartados como las Costaneras Norte y la Sur. De acuerdo con el texto aprobado anoche –adelantado ayer por Página/12–, los infractores serán sancionados con multa de 200 a 400 pesos o de 1 a 5 días de trabajo de utilidad pública, pero las actuaciones no podrán hacerse por iniciativa de la policía, como hasta ahora, sino por indicación de un fiscal. “De esa manera, se pretende cortar el circuito de recaudación policial”, argumentó ante este diario el diputado Helio Rebot, uno de los promotores del texto final. Sólo se incluyó una modificación: no podrán ser sancionadas las personas por su apariencia o modales, se aclaró.
Pese al trabajo de los diputados que impulsaron el consenso, este artículo se aprobó por un margen ajustado: sólo lo apoyaron 32 diputados, uno más de los necesarios para que el artículo quede firme. Votaron en contra los legisladores de izquierda, el ARI, los kirchneristas Ana María Suppa y Diego Kravetz, las tres diputadas ibarristas, el socialista La Porta y Ariel Schifrin.
El cuestionamiento principal de los diputados que se opusieron a la norma fue la penalización de la oferta de sexo, que es considerada en sí misma una conducta punible si se ejerce en las proximidades de casas, escuelas o templos religiosos. Hasta ahora se sancionaba la alteración de la tranquilidad pública que producían travestis y prostitutas y los legisladores pretendían que se mantenga ese principio. La diputada Laura Moresi, del Frente Grande, sostuvo incluso que el artículo “es inconstitucional, porque aplica el derecho penal de autor (se sanciona a alguien por ser prostituta), algo prohibido por la Constitución porteña”.
Suppa, Moresi, La Porta y el diputado Daniel Betti, del Frente del Sur, propusieron aprobar un texto elaborado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), con el apoyo del sindicato que nuclea a las meretrices (Ammar) y la Comunidad Homosexual Argentina (CHA). En ese texto se castiga a quien, en ocasión de ofrecer o demandar sexo pago, produjere molestias o alteraciones de la tranquilidad frente a viviendas, o en templos o escuelas, pero dos horas antes o después de que se hubiera desarrollado allí alguna actividad.
La norma habilita al Ejecutivo o a la Legislatura a establecer lugares autorizados para oferta de sexo. Mientras, regirá una cláusula transitoria que establece el criterio de los 200 metros, rechazado por Ammar.
Por iniciativa del diputado Schifrin fue rechazado otro artículo que castigaba a quien “favorece, administra o financia la oferta de servicios sexuales bajo la apariencia de otra actividad”. “Esa conducta equivale al proxenetismo, que es castigado por el Código Penal”, argumentó.

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