SOCIEDAD › DECLARAN INCONSTITUCIONAL LA DETENCION POR AVERIGUACION DE IDENTIDAD

La vieja costumbre de detener

El juez marplatense Juan Tapia declaró inconstitucional el artículo que permite a la Bonaerense la detención por 12 horas para averiguar la identidad. Lo determinó luego de analizar un caso en el que un hombre fue detenido por el olfato policial.

Un caso, se diría que cotidiano, en el que intervino la Bonaerense derivó en una declaración de inconstitucionalidad del inciso c), artículo 15, de la ley 13.482 provincial, que habilita a los uniformados a detener a una persona hasta por medio día para el paradójico trámite de averiguación de identidad. La víctima, Lucas O., para el caso el de la identidad averiguada, presentó un hábeas corpus preventivo ante la Justicia de Mar del Plata, después de haber permanecido durante diez horas detenido “en averiguación de identidad” por policías de la comisaría 16ª de esa ciudad. A Lucas O. le tocó un juez, Juan Francisco Tapia, que le garantizó las garantías. El magistrado consideró que el mencionado inciso c) forma parte de un sistema de control que vulnera la garantía primaria de la libertad, los principios de igualdad ante la ley, de razonabilidad, legalidad y control judicial efectivo. O sea, consideró que aunque los policías actuaron bajo el paraguas de la ley, ésta excede por lejos lo que permite la Carta Magna. Y, segundo, en un minucioso hazme-pisar-el-palito determinó que los policías, para variar, se excedieron del paraguas: pese a las argumentaciones de los uniformados, observó que lo detuvieron diez horas sin motivos, no le informaron correctamente, no lo dejaron llamar por teléfono, lo sermonearon con una moralina y al juez le avisaron dos días después. Y todo dicho por los propios bonaerenses. E inició una investigación penal sobre sus actuaciones.

El 21 de abril de 2008, al mediodía, Lucas O. fue detenido en un operativo policial mientras conducía su camioneta por una calle marplatense. Le pidió el DNI y se lo entregó. De todos modos, un policía se subió a su camioneta y fue trasladado a la comisaría 16ª, cuya titular es la capitana María Alejandra Amaya. Allí lo tuvieron detenido “en averiguación de identidad” hasta las nueve de la noche, no le permitieron realizar llamada alguna, la capitana se dio el lujo de sermonearlo diciéndole “sos un boludo, eso te pasa por estar siguiendo a una mujer estando casado o con novia” y a las nueve le dijeron que podía salir libre porque no habían encontrado ningún impedimento legal en su contra. La inmediatez policial se constató después: al juez le avisaron recién el 23 de abril sobre la detención de Lucas O.

Párrafo a párrafo, Tapia fue desglosando el concepto de averiguación de identidad y sus raíces de control social y cómo se constituye en un mecanismo del poder oculto policial. Porque es esa institución la que envía en primer lugar a la Justicia y a la penitenciaría a quien esa misma institución considera como criminal. O sea, el olfato policial es el que primero decide. Tapia considera que esto desarma las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y agotó todos los recursos y citas para demostrar la inconstitucionalidad de la 13.482, art. 15, inc. c).

Fuera de serie, de todos modos, resulta la audiencia donde cita a los policías para escuchar su explicación sobre los motivos de la detención. Primero determinó que el policía que detuvo a Lucas O. en su camioneta no tenía orden de detención sino de identificarlo. El juez preguntó qué pasaba cuando alguien tenía documento y cuando no lo tenía. “Si lo tiene, se controla en el sistema y si no tiene impedimentos se va de inmediato.” “¿Cuánto lleva el trámite?” “Dos o tres minutos.” “¿El accionante tenía DNI?”, preguntó el juez. “Sí, pero ese día se cayó el sistema”, respondió Amaya. “¿Qué pasa cuando se cae el sistema?” “Se lo lleva a la comisaría donde se averigua por vía informática.” “¿Por qué salió a las nueve de la noche?” “Porque se cayó el sistema informático del Ministerio”, aseguró Amaya.

Tapia buscó respuestas en el propio Ministerio de Seguridad bonaerense y determinó que si se cae el sistema informático se arregla casi de inmediato; determinó que la averiguación de identidad y de antecedentes demora entre cinco y veinte minutos y comprobó que ese día el sistema no se había caído.

En fin, además de declarar la inconstitucionalidad del inciso, Tapia pidió que se investigaran penalmente las actuaciones de los funcionarios policiales.

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El inciso c) del artículo 15, de la ley 13.482, habilita a la Bonaerense a detener para averiguar.
Imagen: Pablo Piovano
 
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