SOCIEDAD › EL SENADO APROBó LOS ARTíCULOS DEL RéGIMEN PENAL JUVENIL PARA CHICOS DE 14 A 18 AñOS

Los pibes tienen su propia ley penal

La norma establece una escala de sanciones alternativas para los adolescentes que cometen delitos, en la que la prisión es el “último recurso”. Se los juzgará a partir de los 14 años. En marzo lo tratará Diputados.

 Por Horacio Cecchi

El Senado dio media sanción al proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil, al votar en particular todos sus artículos, y lo giró a Diputados donde a partir del 1º de marzo debatirán la sanción de la ley. El proyecto es polémico y reúne apoyos como resistencias. Por un lado puede considerarse de avanzada, porque organiza la escala de alternativas a la privación de libertad e instala como norma de cumplimiento obligatorio que la detención sea el último recurso. Pero nada indica que vaya a ser cumplida, ya que las leyes actuales y la Convención de los Derechos del Niño adoptada con rango constitucional ya lo impiden, y sin embargo no se cumplen. También resulta polémico el límite de edad al que se aplicará la ley, ya que incluye la franja desde los 14 años hasta los 16, límite actual para la sanción penal.

Quienes sostienen el proyecto coinciden en que al incorporar la franja de 14 y 15 permitirán el blanqueo de las detenciones ilegales de chicos de esa edad que comete a diario la policía, lo que permitirá el control efectivo sobre esas detenciones. Quienes cuestionan el proyecto aseguran que en lugar de poner freno a las detenciones, se está autorizando la ilegalidad estatal y consideran que sería lo mismo que legalizar la tortura para mantener mayor control sobre ella.

El 8 de julio pasado, el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil recibió media sanción en general en el Senado y fue enviada al tratamiento en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, de Población y Desarrollo Humano, de Presupuesto y Hacienda, y de Trabajo y Previsión Social. El 29 de octubre pasado, tal como informó este diario, dichas comisiones elevaron un dictamen con la unificación en un proyecto consensuado que ahora recibió media sanción artículo por artículo.

El proyecto aclara que “la libertad... es la regla. La privación de libertad durante el proceso tendrá carácter excepcional y será aplicada como medida de último recurso y por tiempo determinado, siendo éste el más breve posible”. Lo mismo señala la Convención de los Derechos del Niño, que lleva desde el viernes pasado 20 años de antigüedad, que la privación de la libertad debe aplicarse sólo como “último recurso”, argumento sostenido por quienes cuestionan la necesidad de la nueva ley y aseguran que es votada para conformar la presión de la mano dura y la tolerancia cero.

La media sanción también prohíbe el alojamiento en dependencias policiales, penitenciarias o de fuerzas de seguridad y ordena que serán alojados en dependencias específicas y con personal capacitado. Y establece medios alternativos de solución de conflictos, además de especificar ocho tipos de sanciones diferentes, en orden de gravedad creciente, y que son especificadas en el artículo 43: Disculpas personales ante la víctima; reparación del daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de orientación y supervisión; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; privación de libertad en centro especializado.

La Convención, en su artículo 37, inciso b, indica que “el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda”; y en su artículo 40, incisos 3.b. y 4. propone la “aplicación de medidas alternativas a la internación en instituciones”.

A las 19.21, el Senado se dispuso a la votación de los artículos que no ofrecían discusión, que fueron aprobados por 45 votos a favor y uno en contra, el de la senadora Teresita Quintela (FpV La Rioja). Quintela sostuvo su oposición al artículo 1, el que indica la imputabilidad hasta los 14 años incluidos. “Me opongo a bajar la edad porque nos retrotrae a las leyes de la dictadura. La violencia de los niños adolescentes en situación de riesgo es nuestra responsabilidad y es una hipocresía penarlos por nuestra falta, en una sociedad que es hipócrita”, sostuvo Quintela.

Diez artículos fueron los que se modificaron en profundidad en las comisiones y que fueron votados en particular. Entre ellos, los que se referían a las medidas de coerción, a la exclusión de la figura del hurto simple y el de arrojar objetos a los medios de transporte (dentro del ámbito penal). Este último recibió cuatro votos adversos. También se modificó el artículo 53, considerado como uno de los artículos clave, ya que determina qué delitos son penados con prisión o reclusión de más de 5 años. La senadora Sonia Escudero (FpV Salta) recordó que la Argentina está denunciada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y que los jueces terminan disponiendo penas como la perpetua. Escudero defendió la inclusión de penas de 5 a 15 años entre los 16 y 17 años, por delitos gravísimos, porque sostuvo que “el mensaje que se quiere dar no es de impunidad”. Marita Perceval por su lado, defendió el proyecto, sosteniendo que no resolverá la inseguridad sino que es de protección de los adolescentes, porque los quita de la lógica de penalización de adultos.

El sistema de responsabilidad penal juvenil, finalmente, recibió media sanción entonces, en el Senado, y ahora deberá tratarse en Diputados, a partir del 1º de marzo para definir, finalmente, si se transforma en ley o no un debate que viene desde hace décadas.

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El Senado logró la aprobación de la ley por amplia mayoría.
Imagen: Télam
 
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