SOCIEDAD

Para Silvio Soldán ya no hay más felices domingos

Giselle Rímolo y el animador fueron procesados por las tareas de la mujer como falsa médica. A Soldán se le imputa haber hecho publicidad engañosa. Pese al fallo, seguirán en libertad.

A Silvio Soldán se le acabaron los felices domingos. En una resolución durísima, el juez Mariano Bergés acusó a Giselle Rímolo, la novia del animador de TV, por delitos que van desde estafas reiteradas en 60 oportunidades hasta un caso de homicidio simple por dolo eventual. Además, el conductor y su pareja fueron considerados partícipes de una “asociación ilícita” que funcionaba, según el magistrado, en la clínica de estética que la mujer tenía en el barrio porteño de Belgrano. En su fallo, de más de 200 carillas, el juez Bergés expresó su “convencimiento de que no sólo Mónica Rímolo (verdadero nombre de la novia de Soldán) sino el resto de los imputados deben ser detenidos”. No obstante, las detenciones no se producirán por el momento, ya que el juez resolvió esperar hasta que su fallo sea confirmado por la Cámara del Crimen. En lo que respecta a las estafas, la resolución habla tanto del carácter de falsa médica de la imputada como de la engañosa publicidad televisiva.
El juez ordenó embargar los bienes de Rímolo en la suma de cien mil pesos y los del conductor de TV hasta llegar a los 250 mil. “Homicidio doloso, jefa de asociación ilícita, tráfico de sustancias peligrosas para la salud, estafas reiteradas en 60 casos”, son los cargos que recayeron sobre Rímolo, mientras que Soldán y los empleados del Centro Integral de Estética Elcano (Cidene) recibieron acusaciones similares, salvo el homicidio. La muerte por la que se acusa a Rímolo es la de Lilian Stella Díaz, ocurrida el 30 de junio de 2001.
El juez fue contundente al asegurar que la paciente fallecida “ingirió distintas sustancias medicinales que le fueron vendidas” en el Cidene, cuya titular era “una persona que no era médico (Rímolo)” y que “promocionaba un tratamiento para adelgazar con sustancias ‘naturales’ encubriendo el real contenido de estas últimas”. El juez interpretó que en el caso de Rímolo “debe aplicarse la figura del homicidio simple por dolo eventual, en calidad de autora, ya que del análisis efectuado se desprende que la imputada le suministró a (...) Díaz la medicación engañándola en cuanto a su real composición, produciéndole la muerte”. La pena que podría recibir Rímolo oscila entre los 8 y los 25 años de prisión.
El juez sostuvo que todos los pacientes “eran engañados” sobre la profesión y títulos de la imputada “a quien todo el personal del instituto llamaba ‘doctora’, al igual que Silvio Soldán en el programa de radio que tenía”. A ello se suman los falsos títulos que exhibía, entre ellos los de “doctora en homeopatía” y “en psicología”. La estafa también se daba en lo relativo a la “supuesta medicación natural” que se prescribía. En realidad, los medicamentos contenían cafeína, bromazepán, fenostaleína, hicroclorotiacida y fenilpropanolima, entre otros productos químicos.
En este punto, el juez citó un informe de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) que describe los “principios activos” de los productos recetados, algunos de los cuales eran comercializados con receta común archivada. En otros casos, habían sido retirados del mercado para que se les cambiara la fórmula.
Rímolo, como propietaria del Cidene, dirigía todas las actividades y promocionaba los tratamientos por distintos medios de comunicación en compañía de Soldán, además de atender “personalmente a los pacientes”, recordó el juez. El magistrado sostuvo que Rímolo recurrió al médico Arnoldo Marino, ex integrante del jurado del programa “Feliz Domingo”, para “conseguir habilitación municipal”. Marino falleció hace más de tres meses y según el juez “nada sabía sobre lo que allí ocurría ni tenía ingerencia alguna en la actividad del centro médico”.

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Silvio Soldán, cuando fue a declarar y guardaba esperanzas de que todo quedara en la nada.
Gíselle Rímolo (arriba) está acusada por estafas reiteradas y homicidio por dolo eventual.
 
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