SOCIEDAD

Para corregir sin golpear

 Por Mariana Carbajal

Como parte de la campaña por un “buen trato” hacia chicos y chicas, la Secretaría de Niñez elaboró un anteproyecto de ley para prohibir los castigos corporales, que se encuentra en etapa de revisión en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia. En el Código Civil vigente, se contempla “el poder de corrección” que tienen los padres sobre la conducta de sus hijos, siempre que se ejerza “moderadamente”. El proyecto de nuevo Código Civil deroga ese “poder de corrección” y pretende cambiarlo por el deber de los padres de “prestar orientación y dirección”. Además, explicita la prohibición total de malos tratos. En esa línea se inscribe el anteproyecto contra el castigo corporal, del Ministerio de Desarrollo Social.

El artículo 278 del Código Civil dice actualmente: “Los padres tienen la facultad de corregir o hacer corregir la conducta de sus hijos menores. El poder de corrección debe ejercerse moderadamente, debiendo quedar excluidos los malos tratos, castigos o actos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los menores. Los jueces deberán resguardar a los menores de las correcciones excesivas de los padres, disponiendo su cesación y las sanciones pertinentes si correspondieren”.

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