El Colegio de Jueces de Segunda Instancia de Santa Fe revocó ayer un fallo donde un hombre había sido absuelto de violar a su ex pareja, por considerar que no había sido aplicada la perspectiva de género en la sentencia. El acusado había sido desvinculado por el beneficio de la duda, por lo cual la sentencia fue apelada y un tribunal de segunda instancia lo condenó a 12 años de cárcel por abuso sexual. Aclararon que la prueba no se había evaluado de forma integral.

Para los jueces el abuso sexual con acceso carnal, tras el cual la víctima debió hospitalizarse, no fue probado con grado de certeza y absolvieron al acusado por el beneficio de la duda. El fallo fue apelado y los camaristas plantearon que no se evaluó la prueba en su conjunto. Destacaron que se trata de una relación desigual entre un hombre y una mujer, donde el primero sometió a la víctima a través del ejercicio de la violencia y no dudó en utilizar su posición dominante para cosificarla y avallarla. Explicaron que la violencia de género debe analizarse en relación a la normativa internación vigente y revocaron esta absolución y deberá purgar 12 años de cárcel.

La acusación giró en torno a hechos de violencia machista que un hombre cometió contra su pareja. El fiscal lo acusó de destrozar parte de la casa de la víctima y lesionarla en noviembre de 2018. La mujer denunció los hostigamientos sufridos. Entre los testimonios se sumaron los dichos de la ex pareja del acusado Fabricio Miguel Simón que contó los maltratos y amenazas que sufrió de manos de su ex.

El 21 de diciembre de ese año se registraron numerosas llamadas la 911 que denunciaron gritos y golpes a una mujer en un departamento en Gutiérrez al 1300. Cuando llegó personal policial había un hombre discutiendo con una mujer que comentó sobre la existencia de una orden de restricción contra el hombre dictada el 8 de noviembre de ese año.

El último de los hechos por el que fue acusado Simón fue un hecho de abuso sexual con acceso carnal donde la víctima fue sometida al torcerle el brazo y apretar su cuello mientras era sometida sexualmente, la víctima terminó hospitalizada con lesiones en sus genitales.

Fabricio Miguel Simón fue condenado el 20 de diciembre pasado por el tribunal santafesino integrado por Rosana Carrara, Héctor Gabriel Candioti y Sandra Marina Valenti, a la pena de 3 años de prisión efectiva por los delitos amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial y lo absolvieron por el delito de abuso sexual con acceso carnal al entender que no se logró probar el ataque sexual.

El fallo fue apelado y quedó en manos de los camaristas Alejandro Tizón, Oscar Burtnik y Martha Feijoó. Para el tribunal de segunda instancia no hubo una adecuada valoración de la prueba en este caso.