ECONOMíA › REFORMA A LA LEY DE TARJETAS DE CREDITO

El deber de informar

El Senado aprobó, con 42 votos a favor, el proyecto de ley que modifica la ley de tarjetas de crédito y obliga a las empresas emisoras a informar a los usuarios el monto total adeudado en concepto de cuotas. El proyecto que obtuvo ayer media sanción, perteneciente al senador oficialista Guillermo Jenefes, incorpora un inciso al artículo 23 de la ley 25.065 que regula diversos aspectos del sistema de tarjetas de crédito, de débito y de compras.

Los fundamentos del proyecto señalan que el resumen que envían las empresas actualmente expresa el monto del pago mínimo pero excluye la aplicación de intereses y el monto adeudado. También destacan que “la nueva información que se requiere al emisor de la tarjeta de crédito ya está siendo proporcionada en los resúmenes mensuales de las tarjetas de crédito emitidas por el Banco de la Nación Argentina”.

“La organización, prolijidad y presentación de dichos resúmenes –agregó Jenefes en los fundamentos del proyecto– constituyen un ejemplo a seguir por el resto de las entidades financieras, ya que favorece considerablemente la comprensión por parte del titular, permitiendo una lectura ágil que facilita la rápida ubicación de los conceptos buscados.”

El proyecto introduce una segunda modificación al incorporar el artículo 54 bis, que establece la obligación de que las emisoras de tarjetas de crédito “informen al Ministerio Público o a la autoridad competente las operaciones que involucren la comercialización de pornografía infantil”. El propósito expresado en los fundamentos es la búsqueda de “la posibilidad de dotar al Estado de otra herramienta legal para contribuir a la prevención de este tipo de delito”. Tras la media sanción, la iniciativa fue girada a la Cámara de Diputados para su tratamiento y confirmación como ley.

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