EL MUNDO › DOCUMENTO DE LA ONU SOBRE DERECHOS HUMANOS

Uribe no pasó el examen

Este diario tuvo acceso a un informe del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Sólo una víctima mereció reparación y solamente fueron condenados dos paramilitares.

 Por Martín Granovsky

Sobre 280.420 víctimas registradas hasta finales de 2009, el Estado colombiano nada más “ha otorgado reparación para víctimas por vía judicial en un solo caso”. El dato figura en un informe del Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas al que tuvo acceso Página/12. El reporte barre los últimos años de gobierno de Alvaro Uribe, a quien ayer reemplazó Juan Manuel Santos.

Aunque es muy nuevo, porque fue distribuido en Ginebra el miércoles último, 4 de agosto, el informe no tuvo difusión masiva en Colombia.

El documento fue preparado por la ONU dentro del régimen que obliga al Comité a informar en detalle sobre la situación de cada uno de los Estados que, como Colombia, firmaron el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Una de las recomendaciones insistió en que “el Estado parte debe cumplir con las obligaciones contenidas en el Pacto y otros instrumentos internacionales, incluyendo el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, e investigar y castigar las graves violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario con penas adecuadas que tengan en cuenta su gravedad”.

La mención de la Corte Penal con sede en La Haya tiene su miga estos días. El viernes, sólo un día antes de dejar el mando, el abogado de Uribe, Jaime Granados, denunció al presidente de Venezuela, Hugo Chávez, ante ese tribunal internacional bajo la acusación de que presuntamente prestó ayuda a la guerrilla colombiana. La Corte Penal está prevista para casos de mandatarios o ex mandatarios que hubieran cometido crímenes graves contra los derechos humanos y las reglas humanitarias vigentes aun en tiempos de guerra.

Sin que pueda comprobarse la relación causal entre la denuncia de Granados y el documento del Comité de Derechos Humanos, es evidente que el documento fue emitido primero y la denuncia fue anunciada dos días después.

El texto dice que el Comité de Derechos Humanos examinó los datos del caso colombiano el 15 y 16 de julio y concluyó las observaciones finales el 28 de julio.

Sobre nueve páginas, el apartado B, “Aspectos positivos”, abarca sólo media carilla y comenta avances en materia de legislación para evitar la discriminación contra las mujeres y elogia la colaboración de Colombia aportando información a los relatores y grupos de trabajo del sistema de derechos humanos de Naciones Unidas.

El primer apartado es de forma, y da cuenta de las reuniones mantenidas.

El tercer apartado, el C, ocupa ocho de las nueve páginas y se llama “Principales motivos de preocupación y recomendaciones”.

El Comité expresó su preocupación por la Ley de Justicia y Paz promulgada en 2005, durante el primer mandato de Uribe. “A pesar de la afirmación del Estado parte de que la ley no permite amnistías para estos crímenes, en la práctica existe impunidad para un gran número de graves violaciones a los derechos humanos”, dice el texto. Y detalla: “Entre los más de 30.000 paramilitares desmovilizados, la gran mayoría no se ha acogido a la ley y falta claridad acerca de su situación jurídica. El Comité observa con preocupación que se ha logrado solamente una sentencia condenatoria contra dos personas y se han abierto pocas investigaciones, a pesar de la sistemática violencia relevada en las versiones libres de los paramilitares postulados”.

Para el Comité de Derechos Humanos, a pesar de la desmovilización de paramilitares siguen trabajando “grupos emergentes”.

En otro punto, el documento cuestiona la aplicación del principio de oportunidad (que es, Law & Order mediante, el que rige por ejemplo en los procedimientos penales en los Estados Unidos para la negociación de penas). Para Colombia, ese principio “puede conducir a la impunidad si la renuncia a la persecución penal se ejerce sin tener en cuenta la normativa de derechos humanos, constituyendo en consecuencia una violación del derecho de las víctimas a obtener un recurso efectivo”.

El Comité recordó que ya en 2004 advirtió a Colombia que la impunidad “puede ser un elemento importante que contribuye a la repetición de las infracciones”.

Cuando menciona que solo una víctima sobre 280.420 obtuvo una reparación judicial, el documento critica que el programa implementado por Colombia “se base en el principio de solidaridad” y que no reconozca claramente “el deber de garantía del Estado”.

Puede leerse en las apreciaciones del Comité: “En la práctica la reparación tiende a tener carácter de asistencia humanitaria y hasta la fecha no contempla una reparación integral”. Por eso el Comité recomendó considerar los cinco elementos del derecho internacional humanitario: “La restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y garantías de no repetición”. Agregó que “particular atención debe ser prestada a aspectos de género y a las víctimas que son niños, niñas, afrocolombianos e indígenas”.

También hay un análisis del caso de las extradiciones de jefes paramilitares a los Estados Unidos para responder a cargos de narcotráfico ante la Justicia norteamericana. Dijo el Comité que esa situación “obstaculiza la realización de investigaciones acerca de su responsabilidad por graves violaciones de derechos humanos”, por lo cual queda obstaculizado “el derecho a la justicia, verdad y reparación de las víctimas” y la obligación del Estado de “investigar, enjuiciar y castigar las violaciones de los derechos humanos”.

Las violaciones graves de derechos humanos que constata el documento se resumen en “la persistencia de ejecuciones extrajudiciales” (conviene aclarar que es una contradicción en sí misma, porque Colombia carece de pena de muerte), y también la continuidad de “desapariciones forzosas, tortura, violaciones sexuales y reclutamiento de niños en el conflicto armado”. La última podría ser una alusión a las FARC, y coincide con una de las críticas que Santos expresó ayer en su discurso de asunción (ver la crónica en estas mismas páginas).

Al formular la recomendación respectiva, el Comité de Derechos Humanos de la ONU reclamó “una investigación pronta e imparcial” y la construcción por parte del Estado de “un sistema centralizado para poder identificar todas las graves violaciones de derechos humanos y dar debido seguimiento a la investigación”.

Las mencionadas “ejecuciones extrajudiciales” aparecen más de una vez en el texto. La explicación es que se trata de asesinato de civiles “posteriormente presentados por la fuerza pública como bajas en combate”. Un estímulo para esa práctica fue, según denuncias que dice haber recogido el documento, “directivas del Ministerio de Defensa que otorgaban incentivos y el pago de recompensas sin control y supervisión interno”.

El punto es delicado: Santos fue ministro de Defensa de Uribe.

En general, aparece cuestionada la autonomía militar. Por eso el Comité pidió que las violaciones de derechos humanos “queden claramente fuera de la jurisdicción de la justicia militar en la práctica”, porque lo que vale es la investigación imparcial por parte de la Justicia ordinaria. Es el mismo tema que, 25 años atrás, llevó al entonces presidente argentino Raúl Alfonsín a comenzar el Juicio a las Juntas de la dictadura en la cámara federal porteña. Uno de los argumentos fue, por entonces, al margen de la ineficacia demostrada por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, que la justicia militar no era un poder independiente sino una instancia administrativa.

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