EL PAíS › LA CAMARA DE CASACION DISPUSO LA LIBERACION DE REPRESORES DE LA DICTADURA QUE ESTAN PRESOS SIN CONDENA

Cuidado... peligro de dinosaurios sueltos

La medida se basa en que estuvieron mucho tiempo presos sin condena. El fiscal apelará la decisión. Los organismos de derechos humanos señalaron que “las distintas instancias de la Justicia han demorado en forma injustificada los procesos”.

 Por Victoria Ginzberg

La Cámara Nacional de Casación Penal dispuso la liberación de cerca de veinte represores de la última dictadura acusados por delitos de lesa humanidad. Los miembros de la patota de la ESMA Alfredo Astiz y Jorge “El Tigre” Acosta, el ex juez Víctor Brusa y el ex general Ramón Genaro Díaz Bessone son algunos de los beneficiados por el fallo. El tribunal consideró que todos ellos –la mayoría fue arrestada en 2003– estuvieron presos sin condena más tiempo del razonable. “La liberación es posible porque las distintas instancias de la Justicia han demorado en forma injustificada los procesos, dilatando la posibilidad de alcanzar la instancia de los juicios orales y públicos. La libertad de los acusados durante el proceso penal no conlleva impunidad. A treinta años del terrorismo de Estado, impunidad es que, por desidia, indolencia o complicidad, la Justicia argentina aún no los haya condenado”, señalaron Abuelas de Plaza de Mayo, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, HIJOS, CELS y Fundación Memoria Histórica y Social Argentina. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner repudió la decisión y dijo que era “un día de vergüenza para todos los argentinos” (ver aparte).

Los represores no quedarán en libertad de inmediato. De hecho, la Procuración General de la Nación, a través de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado, señaló que las apelaciones de los fiscales tienen “efecto suspensivo”, es decir, interrumpen los efectos del fallo. El fiscal Raúl Plée ya anticipó que hará una presentación en ese sentido, por lo tanto ningún acusado debería recuperar la libertad hasta ese momento y luego será la Corte Suprema quien defina si los represores salen de la cárcel hasta que se inicien los juicios orales.

Los fallos que disponen la excarcelación de los acusados de delitos de lesa humanidad abarcan personas acusadas de cometer crímenes en la ESMA, en Rosario y Santa Fe y fueron firmados por la sala II de la Cámara de Casación, integrada por Guillermo Yacobucci, Luis García y Gustavo Mitchell. Este último se opuso al criterio de liberar a los acusados.

La ley prevé que un imputado puede estar dos años preso sin condena. Luego, estipula un año de prórroga y, en caso que jueces y fiscales lo consideren necesario, es posible que se reconozcan plazos extraordinarios. La posibilidad de fuga o de que el liberado entorpezca la investigación son motivos para ello.

Yacobucci y García consideraron que el tiempo de prisión para los represores estaba agotado. Argumentaron que “la prolongación de la prisión preventiva, cualquiera sea el caso, debe respetar criterios de razonabilidad” y que “las sucesivas exenciones ponen en duda la razonabilidad de la medida”. Los jueces indicaron que “los límites temporales deben ser atendidos para impedir que se constituya una pena anticipada”.

“Las alegaciones sobre la complejidad del caso y la pluralidad de hechos atribuidos fueron idóneas para fundar el dictado de la prisión preventiva en su oportunidad. Sin embargo, transcurridos los plazos antes mencionados, sin que se tenga fecha cierta sobre la realización de la audiencia de debate, torna esos mismos argumentos, luego de sucesivas prórrogas, inoponibles en esta instancia. Otro tanto ocurre con la gravedad de los hechos y la amenaza de sanción”, señaló Yacobucci.

Los votos que fundan la decisión de liberar a los represores incluyen citas a precedentes de la Corte Suprema y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Pero lo mismo ocurre con el escrito de Mitchell, que disintió con sus colegas y fundamentó su escrito no solo en el carácter aberrante de los crímenes que se investigan, sino en el peligro de fuga de los acusados: “La extrema gravedad de los delitos atribuidos, así como la sanción que eventualmente les corresponderá, la naturaleza de aquellos, la repercusión y alarma social que producen son, en principio, un serio impedimento para que pueda accederse a su soltura. Tanto más cuanto que al haberse perpetrado los hechos acriminados al amparo de la impunidad que significaba la ocasional protección estatal es dable sostener que existen indicios suficientes para presumir que intentará eludir la acción de la justicia, en concreto, el cumplimiento de la pena que podría corresponderles”.

Más allá de los argumentos en contra de las excarcelaciones, los organismos de derechos humanos pusieron el foco en la demora de la justicia. “Existe una sumatoria de factores que llevaron a este hecho. Hay instrucciones lentas y en el caso de la ESMA hay una decisión de no tocar la distribución del trabajo del Tribunal Oral 5, que tiene a su cargo las dos causas más importantes en Capital: la ESMA y Primer Cuerpo de Ejército. La mejor forma de parar las liberaciones es fijar fecha de juicio y esa decisión la puede tomar Casación, la Corte o el propio Tribunal Oral”, señaló a Página/12 un funcionario judicial.

El año próximo, el TOF 5 realizará un juicio vinculado a los jefes de área del primer Cuerpo de Ejército que podría demorar siete meses. Eso implica que, si no hay cambios en la organización de estos expedientes, no habrá un proceso sobre la ESMA hasta 2010.

La Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado de la Procuración había advertido el año pasado sobre este punto y pidió que los expedientes se repartan en otro tribunal oral, pero ni la Cámara de Casación ni la Corte Suprema tomaron medidas. En el máximo tribunal aseguran hace tiempo que se está trabajando en buscar una forma de agilizar los procesos vinculados con la última dictadura. Hasta el momento no se tomó ninguna decisión. El expediente de la ESMA, además, estuvo cuatro años paralizado en la misma Cámara de Casación cuando la presidía Alfredo Bisordi, quien dejó el tribunal para reciclarse como defensor de represores.

La decisión de Casación generó una ola reacciones que incluyó el repudio de la presidenta Cristina Kirchner y el anuncio de un pedido de juicio político en el Consejo de la Magistratura (ver aparte). Taty Almeida, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, calificó la medida como una cachetada: “Esto es un agravio. Estábamos haciendo un balance positivo de la justicia que se iba logrando en los últimos tiempos, y ahora esto es una cachetada que recibimos”.

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Los miembros de la patota de la ESMA Jorge “El Tigre” Acosta y Alfredo Astiz. Ramón Genaro Díaz Bessone y el ex juez de Santa Fe Víctor Brusa.
Imagen: DyN, AFP & Fabián Gredillas
 
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