EL PAíS › AVALAN LOS ESTUDIOS DE ADN DE HIJOS DE DESAPARECIDOS EN BASE A MATERIAL OBTENIDO EN ALLANAMIENTOS

Otro camino para llegar a la verdad

La Corte Suprema ratificó su rechazo a la extracción compulsiva de sangre, pero se pronunció a favor de que se realicen los análisis con objetos personales.

 Por Irina Hauser

La Corte Suprema avaló la obtención de muestras de material genético localizado en objetos personales para determinar la identidad biológica de posibles hijos de desaparecidos. Los jueces supremos, en cambio, rechazaron la extracción compulsiva de sangre como método para acceder al ADN. En una decisión basada en votos muy variados, Sus Señorías encontraron un criterio común: aceptar la “solución menos lesiva” para el esclarecimiento de la verdad en los casos de apropiación de menores durante la última dictadura. Los fallos se basan en las historias de Guillermo y Emiliano Prieto, quienes se sospecha que nacieron en cautiverio y fueron criados por un marino y su esposa.

La decisión de la Corte bloquea un camino para devolver la identidad a quienes fueron apropiados, pero respalda una vía alternativa: la realización de estudios genéticos en función de muestras obtenidas mediante allanamientos de ropa, cepillos de dientes, toallas, peines, sábanas, pelos, prendas íntimas, lentes de contacto, entre otros ejemplos. El ADN se cruza luego con la información disponible en Banco Nacional de Datos Genéticos. En Abuelas de Plaza de Mayo rescatan que, a diferencia de los tests de sangre, los allanamientos evitan que sean los propios jóvenes los que carguen con la responsabilidad de ir a sacarse la muestra para colaborar con un estudio que podría mandar a la cárcel a las personas que los criaron. El Estado es el que asume la carga. “Creo que se ha dado un paso adelante. Ojalá el fallo sirva para que podamos encontrar más nietos”, dijo Rosa Roisinblit, de Abuelas.

La mayoría de los supremos coincidió en que las técnicas alternativas a la extracción de sangre no afectan derechos fundamentales como “la vida, la salud, la integridad corporal o la intimidad, ya que las muestras se toman sin invadir el cuerpo” de la víctima, “sin siquiera contar con su participación activa”. Son un medio de elevada certeza, dicen, para poder “consagrar el derecho a la verdad y cumplir con la obligación del Estado de proteger a las víctimas e investigar y perseguir delitos de extrema gravedad”. Votaron en este sentido, aunque con argumentos diferentes, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay. Carlos Fayt no votó.

Hasta ahora el tribunal sólo había sentenciado en 2003 –en base a un pedido de la joven anotada como Evelyn Vázquez– que no se puede obligar a nadie “a dar sangre para conocer su verdadera identidad y utilizar ese dato para incriminar a sus supuestos apropiadores” porque eso violaría su intimidad. La mayoría suprema sostuvo ayer que se deben agotar “medios menos lesivos” e “invasivos” antes que “una intervención física sobre la víctima”. Maqueda y Highton votaron en disidencia.

Lorenzetti y Zaffaroni plantearon que para obtener un equilibrio entre los derechos de las víctimas (quienes buscan a los hijos de sus familiares desaparecidos y los jóvenes presuntamente apropiados) los estudios de ADN deberían tener cómo único fin “satisfacer el derecho a la verdad de la familia biológica” pero carecer de efectos penales para los apropiadores y de efectos civiles para los jóvenes apropiados. El resto de los jueces no entró en la discusión sobre esas consecuencias.

La Corte analizó dos casos derivados de la primera denuncia que las Abuelas hicieron en 1982 en busca de sus nietos nacidos en cautiverio. Guillermo y Emiliano fueron inscriptos como hijos propios por el suboficial de la Marina Guillermo Antonio Prieto y su esposa Emma Gualtieri en 1976 y 1978, respectivamente.

La jueza María Servini de Cubría ordenó hace años que los jóvenes se sometieran a una extracción de sangre. Cuando todavía eran menores, el matrimonio Prieto-Gualtieri cuestionó la medida; una vez que alcanzaron la mayoría de edad se opusieron por sí mismos. En 2005 la directora del Banco Nacional de Datos Genéticos informó sobre la posibilidad de realizar estudios genéticos comparativos en base tejido extraído de objetos personales. Desde entonces esta opción tendió a reemplazar en las causas judiciales a la extracción compulsiva de sangre. “Nueve de los últimos doce nietos restituidos recuperaron su identidad por estos métodos alternativos”, señaló Alan Iud, abogado de Abuelas.

Servini llegó a ordenar y concretar un procedimiento en la casa de Guillermo Prieto (h), donde se secuestraron algunas de sus pertenencias pero nunca se llegó a procesar el material genético. El chico admitió el allanamiento pero se opuso a la utilización de su resultado para establecer su identidad y/o incriminar a la pareja que lo crió. Planteó que el ADN le pertenece y no puede ser usado sin su consentimiento. Alegó que se veían violados sus derechos a la identidad y la intimidad, su derecho de propiedad, al debido proceso y defensa en juicio, entre otros.

El fallo de la Corte firmado ayer habilita a que ahora el ADN de Guillermo Prieto sea comparado con los de los familiares de desaparecidos que aportaron el propio al Banco Genético. “Las muestras han sido tomadas a partir de una recolección de rastros que si bien pertenecen a su cuerpo, al momento de incautarse, se hallan desprendidos de él”, coincidió la mayoría suprema. En Abuelas creen que el joven podría ser hijo de María Ester Peralta y Oscar Zalazar, secuestrados en 1976 en la Villa 21 de Barracas, cuando ella estaba embarazada de cinco meses. En la causa que indaga sobre la identidad de Emiliano es querellante la madre de Laura Segarra, secuestrada en junio de 1978, cuando estaba embarazada de término. En este caso recién ahora se ordenarían allanamientos.

Iud sostuvo que la importancia del fallo radica en permitir “el derecho a la verdad, a conocer el destino de los niños nacidos en cautiverio, reparar a las víctimas y a las familias y también sancionar el delito de apropiación”. “Lo que preocupa –acotó– es que la Justicia diga que el medio propicio es el allanamiento, cuya ejecución recae en las fuerzas de seguridad, que no siempre están involucradas con la democracia y los derechos humanos. Ha habido procedimientos fraguados, frustrados adrede. Frente a resultados negativos en los exámenes de ADN queda la duda. Esperamos el máximo control de las autoridades en los allanamientos.”

Compartir: 

Twitter

Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, presidente y vice de la Corte.
Imagen: Gustavo Mujica
 
EL PAíS
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.